Un mes de prisión preventiva para acusado de robo a un remisero

El juez penal Hugo Américo Juárez decretó la prisión preventiva de Carlos Andrés Maldonado por el término de un mes, luego de que el domingo al mediodía se llevara a cabo la audiencia de control…

lunes 21/11/2011 - 8:30
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El juez penal Hugo Américo Juárez decretó la prisión preventiva de Carlos Andrés Maldonado por el término de un mes, luego de que el domingo al mediodía se llevara a cabo la audiencia de control de detención del imputado, de 24 años de edad por el delito de robo agravado por ser cometido con el uso de un arma.

El hecho incluyó lesiones graves ocasionadas a la víctima, en calidad de autor -arts. 166 inc. 1 y 2 primer párrafo del Código Penal-. El juez admitió la apertura de investigación preparatoria y decretó la prisión preventiva del imputado por el término de un mes.

El Ministerio Público Fiscal representado por Cecilia Codina –fiscal general- y Lorena Garate –funcionaria de fiscalía- hizo un relato del hecho ocurrido el 18 de noviembre de este año alrededor de las 19 hs cuando el imputado abordó un remis que solicitó a la agencia Aleisa el cual lo trasladó desde la calle Islas Orcadas N° 380 hasta el Barrio Stella Maris.

En proximidades al Centro de Promoción Barrial situado en calle Gastaldi al 700, el imputado habría exigido al remisero que detuviera el vehículo y luego de extraer un cuchillo que apoyó sobre el cuello de la víctima le exigió todo el dinero que portaba. El remisero le habría hecho entrega de $60 en cambio que tenía en un monedero, fue entonces cuando Maldonado le introdujo el cuchillo en la zona abdominal para exigirle nuevamente toda la recaudación por lo que el chofer le habría entregado una suma que rondaría los $600. Finalmente el acusado descendió del remis y huyó del lugar.

En tanto la víctima dio cuenta de lo ocurrido vía radial a la agencia como así también a un transeúnte que se encontraba en inmediaciones quien dio aviso al Centro de Monitoreo. Personal de la División de Investigaciones que se encontraba en el barrio Stella Maris tomó intervención y detuvo al presunto autor quien había arrojado previamente un cuchillo y presentaba manchas hemáticas en su antebrazo y vestimenta, informó la oficina de Prensa de la Judicatura.

Luego arribaron al lugar personal de la Seccional Tercera, y también el remisero quien sindicó a Maldonado como autor del hecho. Cabe destacar que de acuerdo a información suministrada por la fiscal general Cecilia Codina, las lesiones que recibió la víctima pusieron en peligro su vida de acuerdo a lo establecido por la médica forense Eliana Bévolo.

El Ministerio Público Fiscal calificó provisoriamente el hecho como robo agravado por ser cometido con el uso de arma por las lesiones graves ocasionadas a la víctima, en calidad de autor –arts. 166 inc. 1 y 2 primer párrafo del Código Penal-. Asimismo requirió que se declare legal la aprehensión por cuanto se produjo en flagrancia y solicitó la aplicación de una medida de coerción por el término de tres meses al considerar que existen los elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad el autor del hecho, y que existe el peligro de fuga. Se destacó la circunstancia y gravedad del hecho y la pena esperada que será de 5 años de cumplimiento efectivo. La fiscal general agregó que el imputado si bien tiene arraigo en la ciudad no cuenta con un trabajo estable.

La Defensa Pública a cargo de Esteban Mantecón no hizo objeciones respecto al relato del hecho, la calificación jurídica y la legalidad de la detención. Aunque se opuso a la medida de coerción y solicitó la aplicación de una medida sustitutiva hasta tanto se avance en la etapa investigativa. Por consiguiente solicitó la libertad de su pupilo.

Por último el juez penal Hugo Américo Juárez luego de formalizar la apertura de investigación preparatoria por el hecho y la calificación enunciada, dio por anoticiado al imputado de ello, por asegurada su defensa y decretó el plazo de investigación establecido por ley y la prisión preventiva por el término de un mes. Conforme a lo expuesto en la audiencia, el juez consideró se dan los presupuestos previstos en el art. 220 inc. 1 y 2 y art. 221 inc. 1, 2, 3 y 4 del Código Procesal Penal.

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