La Justicia ordenó a Das Neves devolver la concesión a la empresa de Lázaro Báez

Tras la presentación de un recurso de amparo y una medida de no innovar, la Justicia de Chubut le dio la razón a la compañía petrolera Epsur, del empresario Lázaro Báez, dejando así sin efecto…

miércoles 02/02/2011 - 19:35
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Tras la presentación de un recurso de amparo y una medida de no innovar, la Justicia de Chubut le dio la razón a la compañía petrolera Epsur, del empresario Lázaro Báez, dejando así sin efecto la acción del Ejecutivo provincial, que el pasado 11 de enero había quitado la concesión de un área petrolera a la compañía.

La decisión de quitar la concesión de un área petrolera a la compañía Epsur tenía, según voceros de la empresa, además de cuestiones legales, un mensaje político claro por parte de Das Neves: el lunes de esa semana, el gobernador, enfrentado con el Gobierno nacional, había dicho públicamente que de ninguna manera iba a permitir el desembarco de empresas santacruceñas en Chubut.

La petrolera, luego de conocer la decisión unilateral de la Provincia del Chubut, presentó un recurso de amparo en la Justicia provincial: el documento, en los autos caratulados: «EPSUR S .A. c/ PETROMINERA CHUBUT S. E. s/ MEDIDA CAUTELAR», Expte. Nº 02/2011, promueve la empresa EPSUR S.A. mediante apoderados juntamente con la acción de amparo, medida cautelar de no innovar requiriendo la suspensión de los efectos de la decisión adoptada por Petrominera Chubut S. E. mediante la Asamblea Extraordinaria de fecha 10 de enero de 2011 que obra en el Acta Nº 26, y se disponga mantener el estado actual de la concesión a favor de la amparada en el escrito en el área Mata Magallanes Oeste.

El estudio de la medida recayó en el juez de feria, Gustavo Toquier, quien resolvió hacer lugar del peticionante y decretar la medida cautelar ordenando a Petrominera Chubut S.E. la suspensión de los efectos de la decisión adoptada por Asamblea Extraordinaria de fecha 10 de enero de 2011, Acta Nro 26, de rescindir y revocar la concesión del área hidrocarburífera Mata Magallanes Oeste a favor de la empresa EPSUR S.A.

Toquier ordenó a la demandada Petrominera Chubut S. E., hasta tanto se resuelva la cuestión principal, abstenerse de aplicar en todos sus aspectos , la decisión adoptada por Asamblea Extraordinaria de fecha 10 de enero de 2011, Acta Nro 26, específicamente de rescindir y revocar la concesión del área hidrocarburífera Mata Magallanes Oeste a la empresa EPSUR S. A.

Asimismo se deja sin efecto la petición de entrega del área a Petrominera Chubut S .A. (art 7 tercer párrafo de la Ley V Nro 84 y art o 232 de la Ley XIII Nº 5).

Media cautelar

En sus considerandos más salientes, la medida del juez expresa: Promueve la empresa EPSUR S.A  mediante apoderados juntamente con la acción de amparo, medida cautelar de no innovar requiriendo la suspensión de los efectos de la decisión adoptada por Petrominera Chubut S. E. mediante la Asamblea Extraordinaria de fecha 10 de enero de 2011 que obra en el Acta N° 26, Y se disponga mantener el estado actual de la concesión a favor de la Amparista en el área Mata Magallanes Oeste.

Las medidas cautelares, contempladas en el art. 7 tercer párrafo de la Ley V N° 84 (antes Ley 4572) y las que en definitiva prescribe el código de procedimientos para los procesos que tramitan según sus normas, deben ser decretadas si, por su naturaleza y efectos oportuna y eficazmente, solucionan el problema, manteniendo la situación incólume hasta tanto se decida la cuestión de fondo.

Consecuentemente se hace lugar del peticionante y se decreta la medida cautelar ordenando a Petrominera Chubut S.E. la suspensión de los efectos de la  decisión adoptada por Asamblea Extraordinaria de fecha 10 de enero de 2011, Acta Nro 26 , de rescindir y revocar la concesión del área hidrocarburífera Mata Magallanes Oeste a favor de la empresa EPSUR S.A.

Por todo lo expuesto, y con fundamento en las normas legales, jurisprudencia y citas de doctrina vertidas Resuelvo: Hacer lugar a la medida cautelar innovativa interpuesta por la empresa EPSUR S.A., previa caución real que prestará el cautelante por la suma de pesos cuatro millones ( $ 4 .000.000) , a entera satisfacción del tribunal por los daños y

perjuicios que la misma pudiese irrogar ; ordenando a la demandada Petrominera Chubut S. E., y hasta tanto se resuelva la cuestión principal, abstenerse de aplicar en todos sus aspectos, la decisión adoptada por Asamblea Extraordinaria de fecha 10 de enero de 2011, Acta Nro 26, específicamente de rescindir y revocar la concesión del área hidrocarburífera Mata Magallanes Oeste a la empresa EPSUR S. A. Asimismo se deja sin efecto la petición de entrega del área a Petrominera Chubut S.A.”, agrega el texto judicial.

(Diario de Madryn)

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