El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Morón N°3 dispuso el procesamiento de Orlando Eduardo Canido y su empresa Refres Now por presunta evasión tributaria simple vinculada con el Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2020. La resolución contra el gigante dueño de las gaseosas Manaos también ordenó embargos por $250 millones sobre los bienes de cada imputado. La defensa del empresario apeló el fallo y cuestionó la acusación, al tiempo que desde la firma se quejan por “una persecución”.
La apelación llegó a la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín el 7 de julio. La abogada defensora de Canido y de Refres Now, solicitó la revocación del procesamiento y de los embargos. De manera subsidiaria, pidió que se declare extinguida la acción penal o que se dicte el sobreseimiento, con argumentos vinculados a la cancelación del ajuste fiscal y a cambios legislativos que, según sostuvo, correspondía analizar en el caso.
El expediente se centró en una diferencia de $400 millones dentro de un crédito registrado por la empresa en el rubro “otras cuentas por pagar”. La presentación de ARCA cuestionó parte de una operación por $650 millones atribuida a un préstamo de Norberto Ernesto Canido, accionista de la compañía. Según el planteo fiscal, existían elementos documentales para respaldar una porción de $150 millones, mientras que el resto no contaba con justificación suficiente.
Ese remanente de $400 millones derivó, según el escrito de la defensa, en una determinación de $132 millones por Impuesto a las Ganancias omitido. La acusación penal que sobrevivió en la causa se concentró en ese rubro y en el ejercicio fiscal 2020. La defensa señaló que el préstamo se registró en los estados contables de Refres Now al 31 de julio de 2020.
Cuál es la acusación de ARCA
La acusación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se concentró en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de Refres Now correspondiente al ejercicio fiscal 2020. El organismo cuestionó un pasivo de $650 millones que la compañía registró en el rubro “otras cuentas por pagar” y que atribuyó a un préstamo otorgado por su accionista Norberto Ernesto Canido.
Según el planteo fiscal, Norberto Ernesto Canido explicó una parte de esos fondos con recursos que figuraban en sus declaraciones juradas y con honorarios que distribuyó la firma. ARCA consideró justificados $150 millones y objetó el origen de otros $400 millones, que formaron el núcleo de la investigación penal contra la empresa y su presidente.
El organismo interpretó que ese tramo del pasivo no contó con respaldo suficiente. Por ese motivo, calificó la operación como un pasivo simulado y aplicó el criterio de incremento patrimonial no justificado. La determinación derivó en un ajuste de aproximadamente $132 millones por Impuesto a las Ganancias correspondiente a 2020.
La versión presentada por la empresa indicó que los $400 millones provinieron de un préstamo que Lorenzo Pizzo entregó a Norberto Ernesto Canido. A su vez, sostuvo que Pizzo obtuvo ese dinero de un tercero. ARCA cuestionó esa explicación al señalar que Pizzo no contaba con capacidad económica demostrada para prestar esa suma en enero de 2020.
La presentación fiscal también objetó la falta de documentación que acreditara el recorrido de los fondos. La defensa afirmó que el dinero ingresó en efectivo a la empresa y que Refres Now devolvió el préstamo en diciembre de 2020, también en efectivo. Sin embargo, ARCA señaló que no detectó movimientos en las cuentas bancarias de la compañía ni en las de Canido que permitieran verificar la operación.
Para el organismo, la falta de comprobantes bancarios y de documentación adicional impidió acreditar el origen de los $400 millones. Esa fue la base de su conclusión de que la empresa registró un pasivo sin sustento, lo que redujo de manera indebida la base imponible del Impuesto a las Ganancias.
La defensa respondió que Refres Now aportó un recibo de cobro por los $650 millones y que la discusión sobre los $400 millones correspondía a una operación entre Norberto Ernesto Canido y Pizzo. También sostuvo que Pizzo murió antes de que ARCA requiriera mayores elementos sobre el préstamo. Estos argumentos integran la apelación que debe resolver la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín.
La defensa atribuyó el origen del dinero a un préstamo entre particulares
La apelación indicó que Norberto Ernesto Canido recibió los $400 millones de su amigo Lorenzo Pizzo, quien, según esa versión, obtuvo los fondos de un tercero que no fue identificado por Orlando Canido. El documento sostuvo que la operación se realizó en enero de 2020 y que el dinero regresó en diciembre de ese mismo año.
El escrito remarcó que Refres Now presentó un recibo de cobro por los $650 millones que, según su postura, acreditó la devolución del préstamo de la sociedad a Norberto Ernesto Canido. Para la defensa, la discusión que planteó ARCA se concentró en el vínculo entre este último y Pizzo, no en una operación directa de la compañía con Pizzo.
La presentación también señaló que Pizzo murió antes de que el organismo fiscal requiriera la documentación sobre los $400 millones. La defensa afirmó que esa circunstancia limitó la posibilidad de reunir otros comprobantes y cuestionó que la ausencia de documentación adicional se tomara como prueba de la inexistencia del préstamo.
En su declaración indagatoria, Orlando Canido sostuvo que el uso de dinero en efectivo resultaba habitual en el circuito de empresas y personas vinculadas a la provisión de insumos, la fabricación, la distribución y la venta de bebidas gaseosas. La apelación citó esa explicación y afirmó que el recibo por la cancelación del préstamo acreditaba la operación de Refres Now.
Ernesto Danti, auditor externo de Refres Now, sostuvo en diálogo con Infobae que la empresa entregó el comprobante de pago y que la discusión se originó porque los fondos no circularon por el sistema bancario. “Que usted me diga: ‘Le cobro el impuesto a los débitos y créditos’, se lo acepto. Pero que me diga que estoy inventando un pasivo, no se lo acepto”, afirmó.
Danti definió el expediente como una controversia vinculada con un pasivo contabilizado y con su respaldo documental. Según dijo, la compañía no discutió que la operación se realizó en efectivo. “Como fue en efectivo, niego que haya existido y sostengo que es un pasivo inventado, fraguado”, resumió al describir la posición que, según él, adoptó el organismo recaudador.
La apelación cuestionó la prueba del dolo y la responsabilidad de Canido
La defensa sostuvo que una determinación administrativa de deuda no alcanzaba, por sí sola, para acreditar un delito penal. En su primer agravio, planteó que el juez reprodujo conclusiones de ARCA sin realizar un análisis independiente de la maniobra que se atribuyó a los imputados y sin identificar elementos que permitieran sostener una conducta deliberada para ocultar materia imponible.
El segundo agravio se centró en la ausencia de dolo directo. La defensa sostuvo que una diferencia sobre el tratamiento tributario de una operación o la impugnación de un pasivo no implicaban, por sí mismas, una intención de evadir. También afirmó que la empresa explicó el origen de los fondos, presentó documentación y canceló la obligación determinada por ARCA.
Sobre la situación de Orlando Canido, la apelación cuestionó que el procesamiento se basara en su condición de presidente de la sociedad durante el período investigado. El escrito indicó que la resolución no precisó qué decisión personal tomó, qué instrucciones impartió o qué intervención concreta tuvo en la confección de las declaraciones juradas bajo análisis.
La defensa extendió ese cuestionamiento a la situación de Refres Now como persona jurídica. Según el recurso, el juez desarrolló consideraciones generales sobre la responsabilidad penal de las empresas, pero no detalló qué decisiones societarias podían configurar una política orientada a la evasión. La presentación sostuvo que la sola condición de presidente de Canido o la existencia de una persona jurídica no bastaban para fundar una imputación penal.
Danti también puso en duda que la acusación demostrara una maniobra penal. “La obligación está probada”, afirmó al referirse al pago del ajuste fiscal, aunque sostuvo que la discusión continuaba en el plano administrativo. El auditor indicó que la empresa apeló ante el Tribunal Fiscal de la Nación con el objetivo de recuperar el dinero si ese organismo resolvía a su favor.
El formulario 3200 ocupa un lugar central en el recurso
Uno de los principales argumentos de la defensa se relacionó con el artículo 16 del Régimen Penal Tributario y con el formulario 3200. Según la apelación, la normativa establecía que ARCA debía notificar al contribuyente sobre la posibilidad de acceder a un mecanismo que podía evitar la denuncia penal si aceptaba el ajuste y cumplía con las condiciones previstas.
El documento afirmó que ARCA no notificó a Refres Now sobre esa opción respecto de la Orden de Intervención N°2.207.851, correspondiente al período fiscal 2020. La defensa sostuvo que una funcionaria del organismo explicó que no realizó la notificación porque entendió que el contribuyente volvería a guardar silencio, a partir de un antecedente previo.
Para la defensa, esa decisión afectó el derecho de la empresa a optar por el mecanismo previsto en la ley. El recurso cuestionó que la resolución judicial señalara que Refres Now no ejerció esa posibilidad cuando, según su planteo, ARCA no comunicó formalmente la alternativa.
Danti describió ese punto como “la esencia” de la apelación. “Nunca se lo ofrecieron”, dijo sobre el formulario 3200. El auditor sostuvo que, si ARCA ofrecía la opción y la empresa aceptaba el ajuste, el organismo quedaba impedido de promover una denuncia penal.
El auditor afirmó que las funcionarias de ARCA reconocieron durante su declaración que no ofrecieron el formulario en el caso vinculado con 2020. Según su relato, el organismo supuso que la compañía no usaría ese mecanismo. La defensa incorporó esa explicación en su presentación y sostuvo que el procedimiento previo a la denuncia presentó un defecto sustancial.
La apelación también remarcó que Refres Now canceló el ajuste determinado por ARCA. Danti dijo que la compañía pagó entre $600 millones y $700 millones por ajustes correspondientes a los períodos 2018 y 2020, aunque aclaró que expuso esa cifra de memoria. “Está totalmente cancelado”, afirmó al ser consultado por la deuda reclamada.
Quejas por “persecución”
La resolución judicial ordenó un embargo de $250 millones sobre Canido y otro por el mismo monto sobre Refres Now. En la apelación, la defensa cuestionó la cifra y sostuvo que el fallo no explicó los parámetros utilizados para establecerla.
El recurso indicó que las medidas cautelares debían guardar una relación razonable con las eventuales responsabilidades económicas derivadas del proceso. Según la defensa, la resolución no expuso un cálculo ni justificó por qué correspondía fijar ese monto para cada imputado.
Danti afirmó que la medida no afectaba el funcionamiento cotidiano de la empresa debido a que el procesamiento estaba apelado. “No está operativo”, expresó. También aseguró que Refres Now mantenía su producción, distribución, ventas, cobranzas y acceso a cuentas sin restricciones operativas derivadas del embargo.
El auditor dijo que la firma contaba con 700 empleados en relación de dependencia y con una facturación cercana a los $40 mil millones mensuales. También sostuvo que la planta poseía unas 20 líneas de producción y que la empresa pagaba entre $5 mil millones y $6 mil millones por mes en impuestos internos, Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Ganancias.
Danti afirmó que Refres Now integraba el universo de grandes contribuyentes nacionales y que recibía fiscalizaciones permanentes. “Que nos vengan a fiscalizar lo entendemos”, sostuvo. A la vez, denunció que la empresa enfrentaba una “persecución” de ARCA y vinculó esa situación con denuncias de competidores y de la Cámara Argentina de Distribuidores y Autoservicios Mayoristas.
