Proponen crear un registro de vendedores y compradores de biocidas y agroquímicos de venta restringida en Rada Tilly

La iniciativa apunta a tener un control no solo del lugar de expendio de estos químicos que pueden ser altamente riesgosos para la salud humana, de animales y plantas, y dañinos hacia el ambiente en…

miércoles 29/06/2022 - 13:09
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La iniciativa apunta a tener un control no solo del lugar de expendio de estos químicos que pueden ser altamente riesgosos para la salud humana, de animales y plantas, y dañinos hacia el ambiente en general, sino también de quiénes los compran y qué uso le van a dar a los mismos.

En Chubut tiene vigencia una ley (la XI N°16, antes ley 4073) que busca regular la venta de ciertos productos considerados “restringidos” por el impacto negativo que pueden ocasionar en el entorno, flora, fauna y en la salud de las personas. Se trata mayormente de biocidas y agroquímicos que pueden contaminar aguas y terrenos, matar plantas, animales e incluso ser fatales para el ser humano.

“Estamos hablando de productos que son altamente nocivos y contaminantes si son usados de forma incorrecta, en concentraciones no apropiadas o en espacios donde pueden afectar colateralmente a otras especies, inclusive al hombre. Por eso se hace fundamental controlar su venta, pero también quién los compra y qué uso le va a dar”, sintetizó María Eugenia Spinassi, concejal del Partido Vecinal de Rada Tilly.

Por esto, junto a su compañero de bloque, Bruno English, elaboraron un proyecto de ordenanza que propone “extremar los controles sobre el expendio de estos productos en el ámbito territorial del Municipio”, explica, y detalla que “se propone crear un registro de venta donde se anoten los datos del comprador acompañado por un comprobante de compra que operará como declaración jurada respecto del uso que se dará al producto”.

Con este fin, el proyecto presentado apunta a que el municipio adhiera a la Ley XI – N° 16 de la Provincia del Chubut y se cree un Registro de Venta de productos Biocidas y Agroquímicos de venta restringida que contenga los locales comerciales habilitados para su venta y también nombre, el apellido, domicilio y DNI del comprador y se deberá firmar un comprobante de compra especificando el uso que se dará al producto adquirido.

Será el Departamento Municipal de Bromatología la autoridad de aplicación de la presente ordenanza debiendo visar mensualmente el Registro de venta.

Asimismo, propone que se prohíba la venta de productos Biocidas y Agroquímicos a personas menores de 18 años de edad.

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