Pais proyecta adecuar la legislación previsional al nuevo Código

El diputado nacional Juan Mario Pais (FPV/Chubut) impulsó una iniciativa legislativa con el objetivo de adecuar la legislación previsional al Código Civil y Comercial entrado en vigencia el pasado primero de agosto, con la finalidad…

jueves 13/08/2015 - 18:00
Compartí esta noticia

FPV_Pais 01-1El diputado nacional Juan Mario Pais (FPV/Chubut) impulsó una iniciativa legislativa con el objetivo de adecuar la legislación previsional al Código Civil y Comercial entrado en vigencia el pasado primero de agosto, con la finalidad de adecuar la legislación previsional a la nueva regulación del instituto de la unión convivencial, el divorcio y el régimen de compensaciones económicas, entre otros aspectos.

El candidato a senador por el Frente para la Victoria en Chubut se refirió al proyecto de su autoría, y sostuvo que “El actual régimen previsional exige como requisito para reconocer el beneficio de pensión una antigüedad en la convivencia de cinco años, reducida a dos en el caso de que exista descendencia en común, no contemplando las modificaciones introducidos en el nuevo Código como el de la unión convivencial, que estipula que conviviente es cuando se mantiene una relación de este tipo por un plazo no inferior a dos años”.

Por estos motivos, Pais consideró necesario avanzar en la adecuación de una serie de normas que se ven afectadas tras las entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, y explicó que el mismo “Trae aparejado relevantes cambios que repercuten en el derecho de familia, el derecho previsional, adoptando fenómenos sociales como el concubinato, una modalidad cada vez más frecuente, y que sin dudas requiere de una apropiada protección respecto a los proyectos familiares que optan por esta vinculación”.

En este sentido, el legislador chubutense explicó que la figura del conviviente debe ser compatibilizada con el nuevo Código, y agregó que “A partir de ahora se exige sólo dos años de antigüedad para reconocer efectos jurídicos a la unión convivencial, adaptando y respetando el modelo de familia que las personas escogen, alguno de los cuales son ignorados por el marco previsional vigente”.

Por ello Pais afirmó que resulta necesario modificar la legislación previsional y laboral para asegurar el derecho de los convivientes, sosteniendo que “El derecho previsional y laboral debe dar cuenta de dos instituciones del derecho de familia que vienen a sopesar la eliminación del divorcio con causa y que responden al principio de equidad, como las prestaciones alimentarias fijadas después del divorcio y las composiciones económicas, por lo que el proyecto de ley prevé que cuando estuviera vigente alguna de estas prestaciones, se tendrá derecho a la pensión en los términos y con las limitaciones previstas en el Código Civil y Comercial de la Nación, que redujo el tiempo de convivencia para el otorgamiento de beneficios previsionales y de las indemnizaciones por fallecimiento regulados en la ley de contrato de trabajo”.

Compartí esta noticia