En juicio abreviado, imponen tratamiento tutelar para un menor

Así lo dispuso la juez penal Margarita Pfister hoy por la mañana, cuando se concretó en sede de los Tribunales penales un juicio abreviado en el que V.G.L. (17) admitió su autoría y responsabilidad penal…

lunes 21/11/2011 - 14:00
Compartí esta noticia

Así lo dispuso la juez penal Margarita Pfister hoy por la mañana, cuando se concretó en sede de los Tribunales penales un juicio abreviado en el que V.G.L. (17) admitió su autoría y responsabilidad penal por en el hecho que se le atribuye.

Por consiguiente, aceptó la aplicación de un tratamiento tutelar por un año como así también la imposición de las medidas socio-educativas que implican continuar con sus estudios de nivel secundario y la presentación ante el Cuerpo de Delegados de Control una vez al mes los primeros seis meses.

Presidió el acto la juez  penal de refuerzo Margarita Pfister quien subrogó a la juez penal Mariel Suárez,  por el Ministerio Público Fiscal asistió Adrián Cabral -fiscal general-, como querellante Sixto Troncoso en representación de la familia damnificada y la Defensa Pública estuvo representada por Viviana Barillari, informó la oficina de Prensa de la Judicatura.

El Ministerio Público Fiscal hizo lectura íntegra del acuerdo que fue confirmado tanto por el imputado como por su defensa y que da cuenta del hecho ocurrido el 25 de marzo de 2011 alrededor de las 3, 40 hs cuando el imputado mediante golpes de puño, patadas al cuerpo y con  una regla de construcción y un pedazo de escombro agredió en la cabeza a su hermanastro  dándole muerte circunstancia en que se encontraba en la vía publica frente al domicilio de calle Mahuida 2291 del barrio San Cayetano.

Como consecuencia de los golpes recibidos la víctima presentó traumatismo de cráneo encefálico grave con fracturas múltiples de cráneo y cara lo que produjo su fallecimiento el día 6 de junio de 2011 en el Hospital Regional. El hecho fue calificado  como homicidio simple cometido con exceso en la legítima defensa en calidad de autor -arts. 79, 35 y 45 del Código Penal-.

Cabe aclarar que en la acusación principal el hecho fue calificado como homicidio simple, y de manera alternativa como homicidio simple cometido con exceso en la legítima defensa. A partir del testimonio de testigos se estableció que hubo una agresión previa por parte de la víctima contra la madre y hermano del imputado.

Por su parte, la Asesora de Familia Claudia Torrecillas destacó que el menor se encuentra incorporado desde el mes de agosto al programa “Haciendo futuro” y lleva adelante distintas actividades de capacitación con un buen desempeño y acompañamiento de la familia.

Por su parte, la juez penal de refuerzo Margarita Pfister resolvió homologar el acuerdo, declaró la responsabilidad penal del menor en el hecho que se le atribuye y dispuso la aplicación del tratamiento tutelar por el término de un año y le impuso el estricto cumplimiento de las reglas de conducta establecidas, de lo contrario la causa sería elevada a juicio.

Compartí esta noticia