“Ha habido múltiples presentaciones. Cinco, de las cuales hemos tramitado tres. Dos fueron interpuestas esta mañana y todas tendrán el mismo trámite inicial”, explicó ayer a Grupo Jornada el magistrado, señalando que “los recursos los hemos concedido tomando como base la Constitución”.
Las presentaciones formuladas son tratadas por el pleno del Superior Tribunal, reemplazando al Dr. Caneo por un subrogante de manera inmediata, en virtud de que Caneo fue parte de las decisiones adoptadas y que continúa, de hecho, como titular del TEP.
Hasta ahora el accionar del STJ fue dar traslado a las partes para que cada partido se exprese sobre la totalidad de las peticiones y recién posteriormente, resolverá.
Todos, indicó Pfleger, “son recursos ordinarios, rápidos, de trámite sumarísimo y diría de modo más célere que una acción de amparo”. En la mayor parte de los casos las peticiones apuntan a modificar las decisiones del Tribunal Electoral Provincial sobre la nulidad de las mesas. Esto implica por ejemplo que el PJ pide declarar válidas las urnas que fueron anuladas y que el FpV solicita se declare la nulidad de cinco mesas más.
Ante estos planteos las opciones son dos: Se pueden convalidar las decisiones del TEP o no convalidarlas.
Pfleger explicó que “sobre esto se ha expedido el tribunal y nosotros hemos concedido los recursos con efecto suspensivo porque no se pueden proclamar autoridades. Pretendemos que cuando el TEP lo haga sea con todos los avatares del escrutinio perfectamente resueltos”, subrayó.
Al hablar de la función del Superior Tribunal en este aspecto electoral, el presidente del cuerpo remarcó que “en primer lugar intentamos resolver las situaciones que hayan sido controvertidas y en segundo lugar llevar tranquilidad a la población para que ellos sepan quiénes son sus autoridades electas”.
Complementarias al TEP
Una vez resueltas las cinco peticiones que están en el Superior Tribunal y en caso de que se confirmen nulidades de urnas, será el Tribunal Electoral Provincial el que deba llamar o no a elecciones complementarias.
“En las complementarias pasamos a otro plano, que serán las consecuencias de las decisiones del STJ. Sobre eso en principio, es el TEP el que puede comunicar al Ejecutivo para que llame a complementarias y éste “podrá llamar”, detalló Pfleger.

