De cuánto será el aumento para los empleados de comercio en enero de 2024

Los empleados de comercio recibirán un incremento en su sueldo del 13,3% en enero y, de esta manera, casi todas las categorías quedarán por sobre los $400.000.

jueves 28/12/2023 - 10:40
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Los trabajadores agremiados en la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) comenzarán el año con un aumento de sueldo. Es el tercer pago que el gremio acordó con las cámaras del sector.

Aumentos en los últimos meses:

  • Octubre: 20%
  • Noviembre: 13,3%
  • Diciembre: 13,3% (a cobrarse en enero)

Según la FAECYS, después de la implementación de todos los aumentos en enero, ningún empleado de comercio debería recibir un salario inferior a 397.400 pesos.

Cuándo será el próximo aumento

En el próximo ajuste salarial, previsto para mediados de enero, se evaluará el impacto de la inflación en los ingresos de los trabajadores y se actualizarán los montos si es necesario. Estos ajustes se aplicarán para el trimestre de enero a marzo, que no pudo ser acordado en el año 2023.

De cuánto será el sueldo de los empleados de comercio en enero de 2024

Maestranza

  • Categoría A: 397.394,90 pesos
  • Categoría B: 398.545,32 pesos
  • Categoría C: 402.575,82 pesos

Administración

  • Categoría A: 401.713,02 pesos
  • Categoría B: 403.441,68 pesos
  • Categoría C: 405.168,32 pesos
  • Categoría D: 410.351,27 pesos
  • Categoría E: 414.669,38 pesos
  • Categoría F: 421.003,76 pesos

Cajeros

  • Categoría A: 403.152,05 pesos
  • Categoría B: 405.168,32 pesos
  • Categoría C: 407.759,80 pesos

Personal Auxiliar

  • Categoría A: 403.152,05 pesos
  • Categoría B: 406.031,14 pesos
  • Categoría C: 415.533,21 pesos

Auxiliar Especializado

  • Categoría A: 406.608,36 pesos
  • Categoría B: 411.790,30 pesos

Vendedor

  • Categoría A: 403.152,05 pesos
  • Categoría B: 411.791,31 pesos
  • Categoría C: 414.669,38 pesos
  • Categoría D: 421.003,76 pesos

Además de las cifras mencionadas, se deben considerar los adicionales correspondientes, como el adicional por manejo de caja, el presentismo y el adicional por antigüedad. El adicional por antigüedad equivale al 1% por cada año trabajado y debe aplicarse tanto a las cifras remunerativas como a las no remunerativas. En el caso del presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deben aumentarse con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75 de empleados de comercio.

En cuanto al adicional por manejo de caja, se trata de un complemento remunerativo que varía según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial y se encuentra regulado por el CCT Nº 130/75. En las escalas salariales, este adicional figura como monto anual y no remunerativo, y se abona de manera trimestral, dividiendo esa suma por cuatro y liquidándola de forma trimestral.

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