Era el presidente de la Junta Electoral de la comisión anterior de Petroleros Privados. El Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo condenatorio en su contra.
Juan José Ríos, quien fue condenado a la pena de 6 años de prisión efectiva tras haber sido declarado autor penalmente responsable de abuso sexual y tenencia de arma de fuego, recibió esa confirmación. La víctima fue una joven de 19 años.
Los ministros de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia del Chubut confirmaron la sentencia condenatoria que recibió Juan José Ríos (44), a quien la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia le readecuó la pena recibida en primera instancia y la fijó en 6 años de prisión de efectivo cumplimiento, informó hoy el diario Patagónico.
A ese resultado se llegó en virtud de la declaración de responsabilidad penal que resolvieron los jueces de primera instancia, quienes lo condenaron como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal cometido mediante violencia y amenazas, privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal y tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, en concurso real, por los hechos ocurridos el día 20 de setiembre de 2010 en perjuicio de una joven de 19 años.
La pena inicial había sido 6 años y 6 meses de prisión y fue imputado durante el juicio de cesura que llevaron adelante los jueces Mariel Suárez, Américo Juárez y Raquel Tassello. No obstante el defensor particular del imputado, Francisco Romero, apeló el fallo en segunda instancia y allí lo único que cambió fue la pena, la cual se redujo en 6 meses. No conforme con ese resultado la defensa presentó recurso extraordinario ante el máximo tribunal del Chubut y allí, a través de la sentencia definitiva N° 9 se rechazó la pretensión del recurrente y se confirmó en fallo en todos sus términos.
El caso
El hecho por el cual fue acusado el ex presidente de la junta electoral del Sindicato Petroleros Privados de Chubut, tuvo lugar el 20 de setiembre de 2010 cuando levantó a una joven que esperaba el colectivo en avenida Rivadavia y Saavedra, tras ofrecerse a llevarla.
Era casi la 1:30 cuando el individuo se arrimó con su Toyota Hilux a la garita donde se encontraba la víctima. Allí le preguntó hasta dónde iba y le dijo que podía acercarla. En el camino le propuso tener sexo con ella y pagarle por ello, a lo que la chica se negó e intentó bajarse de la camioneta sin éxito porque las puertas de la 4×4 estaban trabadas con el seguro comando por el chofer.
Tras la negativa, el individuo le aseguró que la llevaría al lugar donde se dirigía la víctima, pero volvió a ofrecerle dinero a cambio de sexo y cuando estaban a metros del destino cambió de rumbo hacia un descampado de la zona oeste de Comodoro Rivadavia, donde haciendo uso de la fuerza y amenazas con un arma de fuego, la accedió carnalmente.
Esa misma noche la joven radicó la denuncia en la Comisaría de la Mujer y fue examinada en el Hospital Regional, a partir de lo cual tomó intervención la Fiscalía e inició la investigación. En ese marco se allanó el domicilio del imputado, donde la policía secuestró un arma de fuego y municiones.
Durante el desarrollo del juicio pasaron varios testigos que declararon todo cuanto sabían del caso, como así también aquellos que llevaron a cabo algún tipo de pericias en el marco de la investigación de la causa. Entre los testigos también declaró la propia víctima. Fue a partir del rechazo que hizo la defensa sobre la declaración que la joven había realizado en Cámara Gesell.
En los alegatos de las partes, desde la Fiscalía se pidió que fuera declarado penalmente responsable, mientras que la defensa reclamó la absolución.
Finalmente, tras una extensa deliberación, los jueces resolvieron declararlo, por mayoría, autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal. En tanto, por unanimidad se resolvió la otra parte de la calificación, que refiere al concurso real con tenencia de arma de fuego de uso civil.
