Alquileres: los cambios más importantes que rigen con el DNU de Javier Milei

Los inquilinos y propietarios tienen una nueva forma de pactar los contratos en este 2024. Toda la información de cuáles son las principales modificaciones y cómo afectan.

lunes 08/01/2024 - 7:58
Compartí esta noticia

Desde el 29 de diciembre de 2023 entró en vigencia el DNU de Javier Milei y hay cambios importantes que ya rigen en los alquileres. Estas modificaciones están relacionadas con el depósito de garantía, la libertad de elegir la moneda en la que se pagará y sobre todo la no regulación del Estado en estos contratos.

El depósito de garantía es un dinero que se da antes de ingresar al alquiler para que el dueño esté cubierto en caso de que el inquilino no cumpla con diversas cuestiones como el pago mensual, expensas o tenga daños a la propiedad que no quiera hacerse cargo.

La ley de alquileres 27.551 establecía que el depósito no podía superar el equivalente al primer mes de alquiler y debía ser devuelto con su valor actualizado en el momento de la restitución del inmueble. El DNU de Javier Milei desreguló este aspecto para que las partes acuerden las cantidades y moneda entregadas como depósito de garantía sin un tope del Estado.

Por otra parte, ahora los alquileres también se pueden pagar en dólares o la moneda que uno plazca, siempre que se establezca en el contrato y ambas partes estén de acuerdo a la hora de firmar. También se elimina la duración mínima de tres años de contrato y la obligación de negociar un ajuste cada seis meses. Ahora se puede realizar la modificación de precio del alquiler en menos tiempo, como pueden ser tres meses.

Alquileres: los cambios más importantes que rigen con el DNU de Javier Milei (Foto: Télam).
Alquileres: los cambios más importantes que rigen con el DNU de Javier Milei (Foto: Télam).

Los cambios más importantes en los alquileres con el DNU de Javier Milei

Las modificaciones principales en los alquileres con el DNU de Javier Milei son:

  • El contrato se puede realizar en cualquier moneda y el inquilino debe pagar en la acordada. Los jueces no pueden cambiar la moneda establecida en el contrato.
  • Se puede pactar cualquier tipo de actualización del alquiler.
  • El contrato se puede realizar por cualquier plazo, es decir que se elimina el plazo mínimo.
  • El locador ya no tiene la obligación de pagar las mejoras introducidas por el locatario, a menos que acuerde hacerlo.
  • El locador puede rescindir el contrato por cualquier incumplimiento, no solo por las tres causales que contemplaba el Código Civil y Comercial. Por otro lado, el locatario ya no puede rescindir el contrato si el inmueble no queda apto para uso y goce cuando el daño haya sido ocasionado por él mismo, directa o indirectamente.
  • El locatario puede resolver el contrato en cualquier momento al pagar el 10% del monto de los alquileres restantes hasta la finalización del contrato.
  • Las partes ahora pueden determinar las cantidades y la moneda del depósito de garantía. Respecto a la devolución, locador y locatario pueden negociar si este debe ser actualizado o no. La normativa anterior que exigía devolver este dinero en el momento de la restitución del inmueble fue eliminada. Ahora las condiciones de devolución, incluyendo el plazo, deben ser acordadas y detalladas en el contrato

Para qué contratos de alquiler se aplican estos cambios con el DNU de Javier Milei

Estos cambios son aplicables solo a contratos iniciados a partir del 30 de diciembre de 2023.

Aparecen en esta nota:
#Economía#política
Compartí esta noticia