La Concejal de Chubut Somos Todos, Viviana Almirón, se manifestó respecto de la movilización de los vecinos preocupados por la instalación de Antenas de Telefonía.
“Ante la instalación de grandes estructuras soporte de sendas antenas de telefonía, hemos sido testigos en los últimos tiempos de numerosos reclamos colectivos hacia el Estado municipal de nuestra ciudad, exigiéndose más regulación, control, planificación, y protección en esta problemática de salud y ambiental, ¡y son reclamos legítimos!”, exclamó la edil.
Dijo que ha recibido como legisladora notas y llamados manifestando malestar en los vecinos, y han sido acompañados en un par de reuniones espontáneas por parte de ciudadanos que agotaron instancias de reclamos, o bien se encontraban preocupados por la instalación cercana a sus domicilios de nuevas estructuras de soporte de antenas de telefonía y radiocomunicaciones instaladas en jurisdicción municipal.
“Investigando, sabemos y entendemos la preocupación de los vecinos, porque la radiación electromagnética es una forma de contaminación imperceptible por los sentidos, que vulnera los derechos constitucionales, especialmente el derecho a la vida, la salud, el medio ambiente sano y a la propiedad, y que es emitida en niveles peligrosos para la comunidad por variados instrumentos, siendo los más extendidos las antenas de telefonía y de radio en determinadas frecuencias”, determinó.
Dijo asimismo que “innumerables estudios científicos demuestran la conexión entre los niveles de radiación no ionizante similares a los emitidos por las antenas de telefonía móvil podrían experimentar un aumento de abortos naturales, daños en el ADN, cambios en la actividad eléctrica del cerebro y en la presión sanguínea, descenso de los niveles de melatonina e insulina, depresiones, insomnio, dolores de cabeza, afectación de la memoria, síndrome de fatiga crónica, afección del sistema inmunológico, cáncer, tumores cerebrales, leucemia infantil, infartos y Alzheimer”.
Almirón advirtió que “ante serios peligros para la salud de la población, ese peligro no puede minimizarse. Deben adoptarse todas las precauciones, no pudiendo hacerse interpretaciones restrictivas sobre un tema tan caro a los intereses de la sociedad como es su propia salud, y que constituye un derecho de rango superior al derecho a ejercer la industria y el comercio”.
Y agregó que como producto del desarrollo tecnológico, han proliferado en los últimos años fuentes de contaminación electromagnética a nuestro alrededor y en la ciudad existen emplazadas en zonas altamente pobladas, distintas antenas pertenecientes a empresas propietarias o usuarias del servicio de telefonía celular, a la vez que se han anunciado inversiones en este sentido que parecen avanzar sin control adecuado por parte del Estado.
“Como contraparte, vemos la necesidad de seguir incorporando inversión para mejorar las comunicaciones en la región, claramente deficitarias, y la dispersión y falta de sistematicidad de la información al respecto, así como su escasa o nula divulgación; hecho que queda de manifiesto cuando por parte de los ciudadanos o por uno mismo desde el Concejo elevando notas del caso, se encuentra sin respuestas, o bien con respuestas que no se condicen con las responsabilidades que corresponden a cada área o institución pública que debe controlar”.
Comentó la concejal comodorense que la mayoría de los países de Europa, pioneros y líderes protección del medio ambiente, salud y bienestar de las personas y verdadero ejemplo a seguir en este tema, resguardan a las poblaciones y alejan posibles focos nocivos de las cercanías de las ciudades con sendas legislaciones al respecto.
Las municipalidades argentinas de Rosario, Bahía Blanca, Firmat, Chajarí, Villa María, General Alvear, entre otras, han hecho punta en legislar en este problema, sin ver obstaculizadas o perjudicadas sus telecomunicaciones.
Responsabilidades
“Es competencia de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia determinar la ubicación y condiciones de este tipo de instalaciones que emiten radiación electromagnética. Si bien el servicio de telefonía celular es de suma practicidad en los últimos tiempos, es necesario reglamentar la instalación de estas antenas, para evitar problemas de salud, teniendo en cuenta que se ve agravado por la superposición de efectos nocivos, originados por las emisiones de distintas antenas ubicadas con una cierta proximidad; y que es potestad indelegable de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia determinar la ubicación de este tipo de instalaciones y por sus especiales características, las antenas de telefonía y sus estructuras de soporte constituyen obras civiles que requieren el debido control por parte de esta Municipalidad, para permitir su funcionamiento seguro y sin riesgos para la Comunidad, y que este control debe abarcar la etapa anterior a la construcción misma de estas estructuras, regulando los requisitos que deben cumplimentar quienes requieran la autorización para instalar y operar este tipo de obras”, sugirió.
En el mismo tono, dijo que “una vez que las estructuras se encuentran construidas, se requiere instrumentar controles periódicos que verifiquen si ellas se encuentran en condiciones y no representan un riesgo para la seguridad de la Comunidad, y de existir organismos con responsabilidades al respecto, como la CNC, recordemos que la Resolución 11 -2014 de la Sec. De Comunicaciones – CNC crea el Sistema Nacional de Monitoreo y Seguimiento de las Radiaciones No Ionizantes (SiNaM) para garantizar el cumplimiento efectivo del estándar de seguridad bajo CNC y crea el “Grupo de Trabajo para el Control popular de la radiaciones No Ionizantes” con participación de expertos e invitando a otros ministerios y secretarías, Municipios, Universidades, etc. Esta es una verdadera oportunidad de que el Municipio junto a los vecinos puedan ejercer un efectivo y periódico control sobre estos emprendimientos”.
Estableció Almirón que también cabe aclarar, que la LEY Provincial XXI – Nº 2 (Antes Ley 5490), es la que establece las normas a las que deberán ajustarse las empresas destinadas a transmisión de comunicaciones e instalaciones complementarias de telefonía móvil con sus distintos tipos de estructuras y soportes, como así también los sistemas de enlace troncal, en todo el territorio provincial, dice en su Artículo 1° que sin perjuicio de las mayores exigencias que en el ámbito de sus jurisdicciones podrán fijar los Municipios y/o Comunas Rurales, pudiendo incluso prohibir su instalación en determinadas áreas o en toda su jurisdicción, invitando de esta manera a tomar participación a los municipios que consideren pertinente reglamentar en su territorio en esta materia.
Finalmente, sentenció: “entendemos asimismo que la realización de estos controles debe financiarse principalmente mediante tasas específicas que deben crearse a tal efecto, y que los requisitos exigidos para la construcción y funcionamiento de estas estructuras a las empresas no deben importar un obstáculo para su instalación siempre que se preserve la salud de los comodorenses, dado el innegable valor que el servicio de telefonía y comunicaciones comerciales tiene para la Comunidad, y quedando exentas de estas cargas las radios con fines sociales o deportivos y que han demostrado no ser nocivas”.
