Tras el nuevo decreto, lo que estará permitido y lo que no en Chubut

Provincia dictó el DNU N° 541 con las restricciones que regirán hasta el próximo 9 de agosto. El gobierno de Mariano Arcioni dictó el nuevo decreto que establece las medidas de cuidado que regirán hasta…

lunes 12/07/2021 - 19:12
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Provincia dictó el DNU N° 541 con las restricciones que regirán hasta el próximo 9 de agosto.

El gobierno de Mariano Arcioni dictó el nuevo decreto que establece las medidas de cuidado que regirán hasta el próximo 9 de agosto.

Se trata del DNU N° 541, publicado este lunes, en el cual se establece un nuevo horario de circulación.

El decreto mantiene la declaración de alto riesgo epidemiológico o de alarma epidemiológica y sanitaria en los departamentos de Escalante, Rawson, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen, Tehuelches y Languiñeo. En los demás departamentos de la provincia del Chubut la calificación es de riesgo epidemiológico moderado.

En primera instancia, queda ampliado el horario de circulación para las personas los fines de semana.

De lunes a jueves, quedará prohibida la circulación a partir de las 0 y hasta las 06h, mientras que los viernes, sábado y domingo no se podrá circular desde las 02 hasta las 06h. Como siempre, quedan exceptuadas de esta restricción las personas afectadas a actividades esenciales a los fines del desarrollo de las mismas.

Por otro lado, vuelven a permitirse las reuniones familiares y sociales, esta vez con un límite de 10 participantes en espacios cerrados.

En consonancia, las clases seguirán siendo presenciales en todos los niveles educativos, tanto el ámbito privado como público de la provincia de Chubut.

ACTIVIDADES ECONÓMICAS, DEPORTIVAS y CULTURALES

Por otra parte, se mantienen vigentes las condiciones de funcionamiento de las actividades económicas, industriales y comerciales; de servicios técnicos, profesionales, servicios domésticos y de cuentapartistas; sociales, culturales y deportivas (en las condiciones establecidas para esos fines). El horario habilitado es el mismo vigente para la circulación de las personas.

Se mantiene además la vigencia de las salidas de esparcimiento y no se podrán formar aglomeraciones o reuniones de personas. Es decir que solo se podrán realizar actividades deportivas individuales y aquellas que no importen la reunión de más de 10 personas. En todos los casos sin concurrencia de público.

Sin embargo, esta medida corre de manera diferente en Comodoro Rivadavia, donde se realizan actividades deportivas con más de 10 personas en complejos deportivos.

Están autorizadas las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados, siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales.

Las salas de teatros y espectáculos podrán realizarse con un aforo del 50 por ciento y en los cines se permite una concurrencia del 30 por ciento de la capacidad de la sala.

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