El diputado nacional Juan Mario Pais (FPV/Chubut) se mostró complacido con la sanción como ley del proyecto que crea el Registro Nacional “No llame” para proteger la privacidad y el avasallamiento de los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, de los abusos cometidos por parte de quienes utilizan esos medios para promover la venta de bienes y servicios.
Al respecto, el legislador comodorense hizo referencia a los diferentes bancos de datos en los que figuran los titulares de las líneas telefónicas que son aprovechados por expertos en marketing para organizar agresivas campañas que someten diariamente al ciudadano a llamadas y mensajes para que contraten bienes y servicios que no han buscado y sobre los cuales no se exhibe publicidad veraz.
En este sentido, Pais aseguró que se trata de una norma necesaria que “Mejorará los niveles de protección de los titulares y usuarios de líneas de telefonía fija y móvil que no quieren ser molestados con ofertas y promociones, muchas de las cuales engañosas, por lo que viene a ser la respuesta adecuada a este problema que aqueja a muchos compatriotas”.
La ley sancionada de manera unánime establece que toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades podrá inscribirse en el Registro Nacional “No llame” y manifestar su voluntad de no ser contactada por quien publicite, oferte, venda o regale bienes o servicios mediante esta vía.
En este contexto, el legislador patagónico agregó que “Quienes lleven adelante estas prácticas por medio de contactos telefónicos en cualquier modalidad primero deberán consultar al Registro “No llame” y verificar si el destinatario de la llamada se encuentra inscripto, no pudiendo en tal caso realizar la promoción u oferta”.
La norma en cuestión prevé excepciones al registro creado, tales como las campañas de bien público, llamadas de emergencia, campañas electorales establecidas por ley 19.945, y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente, siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo.
