Ricardo Echegaray fue exonerado de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) luego de que quedara firme la posibilidad de ejecutar la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos que le impuso la Justicia en la causa en la que lo condenó por administración fraudulenta agravada en perjuicio de la administración pública.
La decisión fue comunicada a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), el organismo especializado en la investigación de hechos de corrupción y control de integridad en el Estado que conduce el fiscal nacional de Investigaciones Administrativas, Sergio Rodríguez.
Según la documentación a la que accedió Infobae, ARCA informó que resolvió hacer efectiva la orden judicial de inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública y, como consecuencia, dispuso la exoneración del ex titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) durante el gobierno de Cristina Kirchner.
ARCA fue consultada sobre la decisión, pero el organismo declinó hacer declaraciones.
Lo cierto es que la medida fue adoptada mediante una disposición firmada ayer y comunicada hoy a la PIA, en el marco de un expediente que seguía la situación administrativa del ex funcionario kirchnerista. En esa presentación, el organismo recaudador informó formalmente que dio cumplimiento a la orden judicial derivada de la condena que pesa sobre Echegaray y que, por ese motivo, correspondía su desvinculación definitiva de la estructura estatal.
La información fue remitida a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas en respuesta a un requerimiento formulado en el expediente PIA N.º 32074. Según pudo saber Infobae de fuentes con acceso al trámite, la actuación se abrió para monitorear las consecuencias administrativas derivadas de la condena y de la inhabilitación que impuso la Justicia Federal.
La decisión de ARCA no implicó una nueva valoración sobre la conducta del ex titular de la AFIP ni la reapertura de un procedimiento disciplinario autónomo. Por el contrario, el organismo entendió que debía ejecutar una consecuencia administrativa que surge directamente de una condena judicial que incluye una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Los fundamentos de la medida aparecen detallados en la disposición administrativa que dio origen a la exoneración. Allí se recuerda que Echegaray fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N.º 3, que lo consideró autor penalmente responsable del delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometido en perjuicio de la Administración Pública. Como consecuencia de esa decisión, recibió una pena de cuatro años y ocho meses de prisión y la accesoria de inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública.
La resolución administrativa reconstruyó además el derrotero judicial posterior. Luego de la sentencia condenatoria, la defensa del ex funcionario presentó distintos recursos para revertir el fallo. Sin embargo, el 12 de mayo de este año la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa particular de Echegaray.
Ese dato resultó determinante para la situación administrativa del ex titular de la AFIP.
Los fundamentos normativos y el expediente en la PIA
Según surge de los fundamentos analizados por ARCA, la situación de Echegaray quedó alcanzada por una causal específica prevista en el Régimen Disciplinario Unificado del organismo. El artículo 10 de esa normativa establece que corresponde aplicar la sanción de exoneración cuando exista imposición de pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de la función pública.
A criterio del organismo, la inhabilitación perpetua impuesta por la Justicia ya posee fuerza ejecutoria. Además, la administración concluyó que no existen recursos judiciales pendientes con efecto suspensivo que impidan hacer efectiva esa consecuencia jurídica.
De acuerdo con la interpretación realizada por las áreas técnicas y jurídicas que intervinieron en el expediente, una vez agotadas las instancias ordinarias y sin medidas judiciales que suspendan los efectos de la condena, corresponde dar cumplimiento a la inhabilitación mediante el dictado del acto administrativo pertinente. Ese acto fue, precisamente, la disposición que ordenó la exoneración.
La medida constituye uno de los efectos institucionales más relevantes derivados de la condena confirmada por la Justicia contra quien fue uno de los funcionarios más poderosos de los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Kirchner.
