Desde la Subsecretaría de Función Pública y la Oficina de Defensa al Consumidor, se informó la puesta en marcha de los controles correspondientes a la nueva normativa que regula la atención al público en distintas entidades de la ciudad.
Este miércoles en horas de la mañana, el responsable de la cartera de Función Pública, Horacio Pagano junto al titular del área de Defensa al Consumidor, Roberto Arias, informó las características que contempla la Ordenanza N°11.482/14, que establece normas para la atención del público en los establecimientos comerciales y entidades bancarias de Comodoro Rivadavia.
Cabe recordar que, dicha norma que comenzó a regir el pasado 9 de agosto, responde a la gran cantidad de reclamos que se recepcionan en la Oficina de Defensa al Consumidor local y apunta a regular la atención que brindan las cadenas de supermercados, comercios, bancos, financieras y espacios con gran afluencia de público.
Respecto al tema, Pagano aseguró que “a partir de esta semana, el Municipio a través de Defensa al Consumidor y las distintas áreas de Gobierno, como Habilitaciones Comerciales, dará inicio a los controles pertinentes mediante el cronograma de inspecciones o denuncias”.
En ese sentido, resaltó que la norma establece las condiciones relativas a la atención al cliente, que tiene lugar a través del Art. 8 bis de la Ley Nacional 24.240, “la cual contempla el trato digno que debe recibir el consumidor o cliente en los comercios o entidades”.
Asimismo, explicó que “todos los consumidores se encuentran amparados por el Art. 42 de la Constitución Nacional y las relaciones de consumo de conformidad al Art.3 de la ley, que se rigen por el régimen de esta y sus reglamentaciones, sin perjuicio de la normativa que aplique a la actividad”.
De esta manera, el funcionario comentó que “teniendo como referencia estos ítems, ya hay entidades bancarias de la ciudad, que han manifestado por nota, su adecuación a la normativa, mediante la disposición del libro de quejas para los clientes y los sistemas internos para indicar los tiempos de demora en la atención”.
Detalles de la Ordenanza N°11.482/14
Esta normativa que regula la atención al público en distintos comercios y entidades locales, presenta tres tópicos fundamentales, vinculados al tiempo de espera, la cantidad de cajas habilitadas y la disposición de los libros de queja para los usuarios o consumidores.
En función de ello, se comenzó a implementar un sistema que obliga a las entidades a brindar atención al cliente en no más de 60 minutos, además de identificar los turnos con una pantalla visible.
A su vez, establece el deber de tener el 70% de las cajas habilitadas en el horario pico, espacio de tiempo en el que ingresa la mayor cantidad de público, a los fines de agilizar y optimizar el tiempo de espera del consumidor.
Finalmente, contempla el cumplimiento de lo anterior, con la puesta en práctica de los libros de quejas, que en años anteriores solo se encontraba habilitado en entidades de servicio público, pero a partir de esta Ordenanza, todas las instituciones deben contar con el mismo, el cual debe estar identificado con cartelería en el ingreso del local o en la mesa de atención al público.
Canales de denuncia
Con respecto a la metodología que se implementa para el control de cumplimiento de la norma, desde el Municipio se informó los canales de denuncias, que tendrá como punto de referencia a los libros de quejas, que serán controlados por los inspectores.
No obstante, la comunidad puede acercarse a la Oficina de Defensa al Consumidor, ubicada en calle Sarmiento N°975, en el horario de 08:30 a 13:30 horas o comunicarse a los teléfonos 0800-333-0706/ 406-8992.
