La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Trelew confirmó un fallo pionero que obliga al Instituto de Seguridad Social y Seguros (Seros) a cubrir íntegramente un tratamiento de fertilización asistida para una pareja de mujeres, habilitando la «maternidad compartida» mediante el método ROPA (Recepción de Ovocitos de la Pareja).
La sentencia de primera instancia, dictada en Esquel, fue ratificada este jueves, marcando un precedente en derechos reproductivos en la provincia. El método ROPA permite que una mujer aporte los óvulos y la otra los geste, asegurando la participación biológica de ambas en el proceso.
El caso surgió cuando Seros rechazó la solicitud de la pareja –con más de 17 años de relación estable–, alegando que la técnica no estaba «letra por letra» en la ley nacional de fertilización asistida y exigiendo que la donante de óvulos fuera anónima. Además, pretendía imponer tratamientos de baja complejidad previos, lo que frustraba el objetivo de maternidad compartida.
Los magistrados rechazaron estos argumentos por discriminatorios y excesivamente rigurosos. «El método ROPA no es una técnica independiente, sino una modalidad de fertilización asistida de alta complejidad ya contemplada en la normativa», resolvieron, priorizando la voluntad procreacional sobre criterios tradicionales para definir el vínculo parental.
Como resultado, Seros deberá asumir todos los costos: medicación, estudios previos y hasta tres intentos anuales. Este fallo refuerza la igualdad en el acceso a la salud reproductiva, sentando bases para que las políticas sanitarias de Chubut garanticen derechos sin restricciones.
El precedente abre puertas para parejas diversas en Patagonia, alineándose con avances nacionales en igualdad de género y derechos LGBTQ+.
