Oficializaron el aumento del 12 por ciento para empleados estatales

La suba se aplicará también sobre las retribuciones de las autoridades superiores de las jurisdicciones del Ejecutivo y del personal civil de la AFI

jueves 29/02/2024 - 7:51
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El Gobierno nacional homologó el aumento salarial del 12 por ciento para los empleados estatales de planta permanente y no permanente. El mes anterior habían recibido un incremento del 16 por ciento.

A través del decreto 206/2024, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo hizo efectivo la suba en los salarios de los trabajadores del Estado que había sido acordado días atrás. Este incremento tiene vigencia a partir del 1° de febrero.

“La retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y permanente de los agentes habilitados para realizar servicios extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos por terceros, no deberá superar el monto de $488.967 a partir del 1° de febrero de 2024″, aclara el comunicado.

Además, precisa que este aumento del 12 por ciento se trasladará a las retribuciones de las autoridades superiores de las jurisdicciones, entidades y organismos del Poder Ejecutivo, a diferencia del aumento otorgado el mes anterior, y alcanza también al personal civil de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI).

Por otro lado, establece las remuneraciones de los profesionales residentes nacionales que trabajan en las instituciones sanitarias que dependen del Ministerio de Salud y en el Hospital de Pediatría S.A.M.I.C. “Profesor Dr. Juan P. Garrahan”. De esta manera, un residente jefe percibirá 920.610 pesos, mientras que uno de cuarto año 860.233. De acuerdo con la escala salarial, un residente de primer año cobrará 698.118 pesos.

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Esta es la segunda suba en el año que reciben los trabajadores del Estado, puesto que en enero el sector recibió un incremento del 16 por ciento, aplicable sobre las retribuciones mensuales, normales, habituales, regulares y permanentes aprobadas vigentes al 31 de diciembre de 2023.

El anuncio de ese incremento estuvo a cargo del ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, quien publicó en su cuenta de Twitter el resultado de la paritaria estatal y aclaró que “el aumento no aplicará a los ministros, secretarios y subsecretarios, quienes no recibirán aumento alguno, lo que redundará en la caída de 20% del salario real”. “Tampoco lo cobrarán el Presidente y la Vicepresidenta”, indicó en esa oportunidad.

La noticia llegó el mismo día en el que la Confederación General del Trabajo (CGT) llevó adelante un paro para rechazar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y la Ley Ómnibus que en ese momento se debatía en el Congreso. Pese a haber alcanzado un acuerdo paritario, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) adhirió a la medida de fuerza al alegar que el incremento acordado “no alcanza para modificar la decisión de ir al paro”.

En simultáneo, el Gobierno nacional oficializó la actualización salarial de los cargos administrativos, docentes y culturales pertenecientes a la administración nacional mediante el decreto 207/2024.

En ese sentido, fijó la retribución mensual a partir del 1° de marzo correspondiente a los cargos de rector ($123.177,40), regente ($108.206,80) y ayudante de trabajos prácticos ($65.822,05) de la Escuela Nacional de Bibliotecarios de la Biblioteca Nacional.

A su vez, estableció un nuevo valor para los adicionales remunerativos y modificables ocupen los cargos de docentes y bedeles del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER), que será de $4.161 para los docentes y $30.895 para los bedeles.

Dentro de la misma normativa, se oficializó el nuevo monto de la hora cátedra de las distintas jurisdicciones de la administración central, que pasará a ser a partir del marzo de 4.797 pesos.

El Ejecutivo también modificó las retribuciones de los vocales del directorio del Fondo Nacional de las Artes, organismo dependiente de la Secretaría de Cultura, que funciona bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, fijando esta suma en $366.109.

Mientras tanto, estableció en $853.758 el valor del adicional remuneratorio por prestaciones de servicios en la Antártida en los términos previstos en la Ley N° 23.547 para el personal militar.

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