Nueva reglamentación permitirá la libre elección entre obras sociales y prepagas en Argentina

Desde abril, los trabajadores argentinos podrán optar entre obras sociales y prepagas sin intermediación sindical, según la nueva reglamentación que se oficializará en los próximos días. Conoce cómo funcionará este sistema y qué implicará para los beneficiarios.

sábado 17/02/2024 - 20:57
Compartí esta noticia

El Gobierno argentino está a punto de oficializar una reglamentación que permitirá a los trabajadores elegir entre obras sociales y prepagas sin intermediación sindical. Esta medida, que entrará en vigencia a partir de abril, forma parte de la desregulación dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70, emitido a fines de 2023.

La libre opción ampliada a entidades privadas comenzará a regir desde el primer día del segundo mes siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la norma reglamentaria correspondiente. Esto significa que los trabajadores que inicien una nueva relación laboral podrán optar, desde el primer momento, entre una obra social o una prepaga sin la obligación de mantenerse por un año completo en la entidad sindical de la actividad correspondiente.

La Superintendencia de Servicios de Salud será la encargada de oficializar la reglamentación en los próximos días, estableciendo las pautas y condiciones para esta libre elección. Según fuentes del gobierno, los beneficiarios podrán optar por derivar sus aportes salariales a una obra social o a una prepaga registrada para tal fin, sin ningún tipo de intermediación.

La eliminación de la intermediación sindical busca poner fin a las obras sociales que funcionan como meros intermediarios y no brindan prestaciones de calidad a los trabajadores. Asimismo, se espera que esta medida fomente la competencia entre prepagas y obras sociales, brindando a los usuarios la posibilidad de elegir el servicio que mejor se ajuste a sus necesidades.

Es importante destacar que la reglamentación también establecerá que, del dinero que reciban las prepagas por los aportes y contribuciones, deberán destinar un 20% al Fondo Solidario de Redistribución, utilizado en el sistema de obras sociales para la cobertura de prácticas y tratamientos médicos de alto costo.

Compartí esta noticia