Mañana definen si los jubilados pagarán ganancias

Los jueces supremos deben definir la constitucionalidad de cobro del Impuesto a las Ganancias a los abuelos. Hay $ 1.600 millones de recaudación en juego. En caso de eximir a todos los jubilados, deberán definir…

lunes 25/03/2019 - 17:48
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Los jueces supremos deben definir la constitucionalidad de cobro del Impuesto a las Ganancias a los abuelos. Hay $ 1.600 millones de recaudación en juego. En caso de eximir a todos los jubilados, deberán definir si corresponde un reembolso de lo ya descontado.

La Corte Suprema definirá este martes si unos 200.000 jubilados y pensionados seguirán pagando o no el Impuesto a las Ganancias.

El denominado caso “García” se incluyó en febrero en una agenda de 11 temas a tratar durante este año. “Se discute si resulta constitucional la aplicación del Impuesto a las ganancias a los haberes jubilatorios y de pensión”, señalaron los magistrados en la hoja de ruta judicial.

En rigor, los cinco supremos tratarán la causa que inició María Isabel García en la Justicia federal de Concepción del Uruguay en 2015. En un principio, el juzgado N° 2 declaró la inconstitucionalidad del cobro, pero la AFIP apeló. Dos años más tarde la Cámara Federal de Paraná confirmó la decisión al rechazar el planteo del organismo recaudador. Los camaristas determinaron que la jubilación «no constituye ganancia» y ordenó reembolsar lo descontado más intereses.

Para justificar el reembolso, los jueces de Entre Ríos que fallaron a favor de García recordaron un argumento de la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social en el caso Calderale: la jubilada ya había pagado Ganancias durante su vida activa. Disconformes con la medida, la agencia de recaudación volvió a apelar y así se llegó a la Corte. Si bien la sentencia se adoptará para García en particular, la definición se amplificará.

Hasta diciembre de 2018 el mínimo no imponible de seis haberes mínimos se aplicaba por recibo. Para estar alcanzado, un mayor tenía que recibir más de $ 55.854 mensuales de jubilación y/o de pensión, contabilizado por separado. Pero desde 2019, el mínimo se cuenta por beneficiario y se deben sumar los montos de los dos recibos para saber si está alcanzado. El nuevo tope para marzo, abril y mayo es de $ 62.462.

En la ANSES aseguran que solo lo pagan los jubilados con ingresos más altos y temen por el costo fiscal que tendría una decisión adversa. Un cierre definitivo a la demanda de García fijará precedente “cascada” en tribunales inferiores, al mismo tiempo que generará una jurisprudencia sobre la aplicabilidad del impuesto en términos conceptuales a la clase pasiva. Se cuentan unos 2.000 expedientes a la espera de este fallo.

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