Este lunes por la mañana se realizó la audiencia preliminar por el homicidio de Maximiliano Cifuentes, ocurrido el 1 de enero de 2025 en el barrio Laprida de Comodoro Rivadavia. La causa tiene como imputado a Roberto “Catu” Romero, acusado del delito de homicidio simple.
Durante la audiencia, el fiscal jefe Cristian Olazabal, acompañado por la procuradora de fiscalía Florencia Do Carmo, ratificó la acusación pública, presentó la prueba documental y testimonial y solicitó que la causa sea elevada a juicio por jurados. Además, pidió que se mantenga la prisión preventiva del imputado hasta la finalización del juicio.
El pedido fue acompañado por la querella, representada por el abogado Eduardo Stepa.
Por su parte, el defensor particular de Romero, Guillermo Iglesias, no se opuso a que el caso avance a juicio oral, pero planteó como teoría del caso que se trató de un homicidio en legítima defensa o con exceso en la legítima defensa. También solicitó que se revoque la prisión preventiva y que su defendido cumpla arresto domiciliario.
El hecho
Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió alrededor de las 05:39 del 1 de enero de 2025, cuando Maximiliano Cifuentes caminaba junto a un amigo por la intersección de Ottawa y Tinogasta, en el barrio Laprida.
En ese momento, el acompañante de la víctima comenzó a orinar frente a la vivienda de Romero, lo que generó el reproche de la pareja del imputado. A partir de allí se produjo una discusión y Romero le dio una patada a Cifuentes, provocando su caída, y luego comenzó a pelear a golpes de puño con el otro joven.
De acuerdo a la investigación, Cifuentes intentó separarlos tomándolo por detrás, lo que provocó que los tres cayeran al suelo. Tras separarse, Romero habría advertido: “ya van a ver, pendejos de mierda”, para luego dirigirse a su vehículo, un VW Gol, de donde extrajo un cuchillo de doble filo.
Con esa arma, la fiscalía sostiene que Romero atacó a Cifuentes y le asestó tres puñaladas, una de ellas en el tórax que perforó el corazón y le provocó un shock hemorrágico irreversible, causándole la muerte. El ataque habría cesado cuando la pareja del imputado lo tomó del brazo, tras lo cual ambos se retiraron del lugar.
El hecho fue calificado como homicidio simple en calidad de autor, con una pretensión punitiva de 20 años de prisión en caso de recaer condena.
La resolución
Finalmente, el juez penal Miguel Caviglia resolvió dictar un cuarto intermedio para analizar los planteos de las partes. Mientras tanto, dispuso mantener la prisión preventiva de Romero por seis meses o hasta la finalización del juicio, lo que ocurra primero, tal como lo solicitaron la fiscalía y la querella.
