Ganancias: quiénes pagan hoy, cómo se actualiza el impuesto y qué puede modificar el Poder Ejecutivo

Desde 2018, las variables que definen qué asalariados, jubilados y autónomos tributan tienen un reajuste anual según un índice de variación de salarios; qué pasó en los años previos, en los que la regla fue…

viernes 13/05/2022 - 21:42
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Desde 2018, las variables que definen qué asalariados, jubilados y autónomos tributan tienen un reajuste anual según un índice de variación de salarios; qué pasó en los años previos, en los que la regla fue la discrecionalidad, y cuáles fueron las últimas modificaciones normativas.

Desde 2018 y por la vigencia de una ley aprobada a fines de 2016, las variables que definen quiénes pagan el impuesto a las ganancias y, en todo caso, con qué alícuotas, se actualizan en el inicio de cada año según la variación interanual, al mes de octubre, de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Sin embargo, el salario más bajo alcanzado por la carga fiscal podría ser incrementado por el Poder Ejecutivo en cualquier momento, porque una ley aprobada a fines de 2021 le otorgó expresamente esa facultad, indica La Nación.

El Ripte es un indicador que mide cómo les va a los salarios de los trabajadores declarados por sus empleadores durante al menos 13 meses consecutivos en el sistema previsional. Es decir, es una referencia de los ingresos de los trabajadores formales y con cierto nivel de estabilidad en sus puestos. En los primeros tres meses de este año, la variable avanzó un 18,1%.

En un contexto de inflación y recomposiciones salariales, no aplicar actualizaciones –algo que ocurrió durante largos períodos en los gobiernos kirchneristas-, provoca que haya personas que empiecen a tributar -o que crezca el peso del impuesto ya pagado, según el caso-, aun cuando sus ingresos tengan un poder adquisitivo más bajo que el que tenían cuando no estaban alcanzados por la carga fiscal.

En el comienzo de este año, para determinar el llamado mínimo no imponible que rige hoy, se aplicó un incremento de 50,6245% a la cifra de $150.000; de allí que hoy se les descuente Ganancias a quienes tienen un salario bruto superior a $225.937. Este último es el número que el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, pidió que se eleve ahora a $265.000, en una carta enviada al ministro de Economía, Martín Guzmán, en medio del clima de la fuerte pelea interna en el oficialismo.

Para saber si corresponde retener el impuesto, las empresas miran la remuneración de cada mes en particular, y también, el promedio mensual del período que haya transcurrido del año.

¿Por qué se partió de la cifra de $150.000 para la actualización de este año? Ese fue el sueldo más bajo alcanzado por el tributo durante un período de 2021, en función de una regla establecida por ley ese mismo año para definir esa variable en particular. En septiembre pasado, ese monto había sido elevado a $175.000 pero, llegado el momento de concretar el reajuste anual por Ripte, el Gobierno decidió aplicar el porcentaje de variación salarial sobre el primero de esos dos mínimos no imponibles (el de $150.000, que rigió hasta agosto).

Bajo la regla de la discrecionalidad

Antes de la vigencia de la ley que prevé la actualización automática de las bases del tributo y que fue aprobada durante la gestión macrista, la regla utilizada fue la discrecionalidad. Así, hubo períodos durante los gobiernos kirchneristas en los cuales, pese a la inflación, los parámetros del tributo quedaron congelados. Eso produjo que muchos más trabajadores fueran quedando alcanzados y, además, que los que ya debían tributar se vieran afectados por alícuotas más altas, incluso cuando su poder de compra iba disminuyendo.

Ese mismo efecto se siguió dando y se da con especial fuerza ahora, cada vez que, por recomposiciones que no alcanzan o que apenas alcanzan a compensar la inflación, el salario llega a un nivel en el que resulta alcanzado por Ganancias, o bien por una alícuota más elevada que la que en un momento anterior se le aplicaba al empleado en cuestión.

Entre las medidas dispuestas durante el gobierno de Cristina Kirchner y mientras Axel Kicillof estaba al frente del Ministerio de Economía, hubo algunas que provocaron una fuerte distorsión del esquema del impuesto. Por efecto de aquellas disposiciones, a algunos empleados se les descontaba Ganancias por tener un determinado salario, al mismo tiempo que otros, que tenían una remuneración superior, quedaban al margen de la carga fiscal.

Una de las últimas novedades fue la aprobación, a fines de 2021, de una ley que incluyó una cláusula que le otorga al Poder Ejecutivo, por el actual 2022, la facultad de incrementar el monto del salario más bajo alcanzado por Ganancias. Esa atribución fue otorgada sin condicionamientos en cuanto a los criterios a adoptar ni en relación con el momento del año.

En cuanto a los autónomos, si bien están alcanzados por la actualización de cada año según la evolución del Ripte, no fueron contemplados por las disposiciones de la ley que el año pasado mejoró la situación para los asalariados y los jubilados. A principios de 2021, mientras se debatían los cambios en el Congreso, Massa afirmó que se estaba trabajando “en una ley paralela” para ese grupo de contribuyentes. Pero, hasta ahora, no hubo ningún proyecto sobre el tema. Para todo este año, la deducción general para los autónomos es de $757.694 (un promedio mensual de $63.141). A partir de ese monto de facturación se tributa y, a la base imponible, se le descuentan los conceptos que es posible deducir (algunas deducciones se mantienen con montos congelados hace muchos años).

Y para las jubilaciones y pensiones, una disposición legal especial define que el mínimo no imponible -aunque no para todos- equivale a ocho veces el haber mínimo. Desde junio, esa cifra será de $300.200. Eso solo es válido si se cumplen las condiciones establecidas por ley: no se deben percibir ingresos de otras fuentes, además de la previsional (o, en caso de tenerlos, deben ser ingresos de monto bajo, no superiores a $252.565 en todo 2022) y no se debe estar alcanzado, en función del patrimonio, por el impuesto a los Bienes Personales. De no cumplirse esos requisitos, los haberes previsionales están sujetos a Ganancias en iguales condiciones que los salarios.

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