Cuáles son los alimentos, bebidas y productos de higiene personal que se podrán importar 

La Secretaría de Comercio definió el listado de artículos alcanzados por mayores facilidades para ingresar desde el exterior, con los que espera mejorar la competencia y apuntalar la baja de la inflación. El BCRA dio este viernes un paso clave en ese sentido

viernes 15/03/2024 - 17:04
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La Secretaría de Comercio definió la lista de alimentosproductos de higiene personal y limpieza de la canasta básica que tendrán mayores facilidades para importar a partir del objetivo oficial de generar mayor competencia y consolidar la desaceleración de la inflación.

El equipo económico sostiene que los precios de muchos productos de consumo masivo quedaron muy elevados, por lo que esperan anclar las expectativas de las empresas en línea con las pautas del programa macroeconómico oficial.

En el listado se encuentran algunos productos finales, pero también insumos que servirán para la industria local:

Alimentos: Lomo vacuno, matambre, asado, vacío, nalga, cuadrada, carnaza y achuras, entre otros; carne de cerdo en todas sus presentaciones, atún, corvinas, pan; las galletitas (de agua y dulces); el arroz; las harinas de trigo y de maíz; los fideos; el azúcar; los dulces; las legumbres secas; frutas y verduras; huevos; queso; yogur; aceite; manteca; leche; crema; café; yerba; bebidas (alcohólicas y no alcohólicas); sal fina; vinagre, otros condimentos, productos de cacao.

Cervezas: cervezas con volumen alcohólico superior a 1,2%, en 350 cm3, 470 cm3, 470 cm3, latas en todas sus medidas, botellas en todas sus presentaciones y medidas.

Cuidado e higiene personal: shampú, acondicionadores, preparaciones capilares, dentífricos, cremas para la adherencia de las dentaduras, hilo dental, desodorantes corporales y antitranspirantes, cremas y espumas para antes o después de afeitar, preparaciones para baño, depilatorios y demás preparaciones de perfumería de tocador o cosmética; jabones de tocador incluidos los medicinales en barra, panes, trozos, piezas, líquidos; preservativos masculinos por 3, 6 y 12 unidades; papel de celulosa o napa utilizado para el papel higiénico, rollos; toallitas desmaquillantes, manteles, servilletas y artículos similares para el uso doméstico; pañales en todas sus versiones, toallas femeninas, maquinitas de afeitar, algodones, hisopos, entre otros.

Limpieza: limpiadores de superficies, jabones líquidos, detergentes, lavavajillas, lavandinas en gel, líquidas y en polvo, insecticidas, raticidas, fungicidas, herbicidas, tabletas y espirales antimosquitos, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes, entre otros.

La apertura ya está en marcha

En paralelo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó este viernes la normativa por la cual se reducirá el plazo de pago de importaciones de alimentos, bebidas y productos de limpieza, cuidado e higiene personal. A través de esta medida se pasó de un esquema de pago en 4 cuotas a los 30, 60, 90 y 120 días a un plazo de pago en una sola cuota a los 30 días.

Por otro lado, se determinó suspender, por el plazo de 120 días, el cobro de la percepción de IVA adicional e Impuesto a las Ganancias a las importaciones de estos productos y de los medicamentos.

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