Confirmaron la prisión perpetua para el femicida de Mirna Maidana

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut ratificó la pena máxima para Pablo Fernando Moyano por el crimen ocurrido en junio de 2024.

viernes 26/06/2026 - 22:47
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El Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chubut ratificó la condena a prisión perpetua dictada contra Pablo Fernando Moyano por el femicidio de la auxiliar docente Mirna Maidana, ocurrido el 11 de junio de 2024 en el Área 16 de la capital provincial.

Con esta resolución del máximo tribunal, la pena máxima quedó firmemente establecida, cerrando de manera definitiva la instancia de revisión obligatoria que el Código Procesal Penal prevé para las condenas superiores a los diez años de cárcel.

El tribunal encargado de revisar el expediente estuvo presidido por el ministro Andrés Giacomone, con la integración de los ministros Javier Gastón Raidan, Mario Luis Vivas, Camila Lucía Banfi Saavedra, Silvia Alejandra Bustos y Ricardo Alberto Napolitani.

La resolución judicial se da luego de que un jurado popular hallara culpable a Moyano, de 56 años, por el delito de homicidio triplemente agravado. Los agravantes que pesaron sobre el condenado incluyeron el vínculo de pareja que mantenía con la víctima, el contexto de violencia de género que enmarca el femicidio y el ensañamiento de haber cometido el crimen con el único fin de encubrir un robo previo y garantizar su propia impunidad.

Tras el veredicto del jurado, la sentencia condenatoria había sido dictada en primera instancia por la jueza de garantías de Rawson, Laura Martini. Por su parte, la investigación penal y el debate en el juicio oral estuvieron a cargo de la fiscal jefa de la ciudad, Laura Castagno, y la procuradora de fiscalía, Silvina Nicholson.

Con el fallo adverso del Superior Tribunal de Justicia, se agotaron los recursos ordinarios de la defensa. Pablo Fernando Moyano, quien hasta el momento se encontraba cumpliendo prisión preventiva, continuará recluido para purgar la pena de prisión perpetua bajo los lineamientos del artículo 80 del Código Penal.

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