Confirmaron la condena para el sujeto que robó con su pitbull

El hombre quien en enero de 2019 asaltó con un arma y su perro a un transeúnte en KM3 fue condenado a 3 años de prisión efectiva, aunque todavía no comenzó a cumplirla. La audiencia…

miércoles 22/12/2021 - 21:01
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El hombre quien en enero de 2019 asaltó con un arma y su perro a un transeúnte en KM3 fue condenado a 3 años de prisión efectiva, aunque todavía no comenzó a cumplirla.

La audiencia de impugnación de la pena para el condenado Silvano Víctor González se desarrolló en la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia. El tribunal de cámara estuvo integrado por los jueces Daniel Pintos, Guillermo Müller y Martín Montenovo, publica Consello Patagónico.

Las defensoras Rosa González y Sandra Pacheco solicitaron impugnar la sentencia condenatoria de primera instancia de 3 años de prisión efectiva para Silvano González por ser hallado autor penalmente responsable del delito de robo agravado por arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse. En contraposición, el fiscal Julio Puentes pidió que se confirme el fallo en todos sus términos.

El robo ocurrió la tarde del martes 8 de enero del 2019 cuando el condenado acompañado de un perro raza Pitbull, interceptó a la víctima que esperaba el colectivo en la garita situada sobre las avenidas Tehuelches casi Lángara. Le exhibió un revólver y le exigió la entrega del teléfono celular y la billetera.

Los jueces confirmaron en todas sus partes el fallo de primera instancia que condenó a Silvano González. Destacaron que no hubo controversia por la materialidad ni autoría del delito debido a que fue admitida por el propio imputado. La única discrepancia fue sobre la valoración de la prueba testimonial respecto al arma que portaba durante el robo.

Para los jueces de cámara “la mayor preocupación de la defensa y del acusado era que debía volver a cumplir prisión de cumplimiento efectivo”. La sentencia además llevará un considerando donde se fijan “ciertas pautas que el juez de ejecución va a tener que observar. Ese antecedente que posee el imputado de 2016, mediante un abreviado, si bien es parte de la cosa juzgada, es algo que no se puede modificar, tiene algunos elementos que debieron haber sido de otra manera” sostuvieron. Una serie de elementos que cuando llegue el momento de la ejecución hay que tenerlos en cuenta, concluyeron.

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