Condenaron a 7 años y 6 meses de prisión a un hombre por abusar sexualmente de su pareja en Chubut

La Justicia dictó la pena luego de que un jurado popular lo declarara culpable. El juez técnico consideró como agravantes el daño psicológico a la víctima y la ruptura de la confianza en la pareja.

viernes 03/07/2026 - 12:37
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Tras el veredicto unánime de culpabilidad dictado por un jurado popular, este jueves se conoció la pena para el imputado, identificado como Cañumir. El juez técnico a cargo del caso resolvió imponerle una condena de siete años y medio de prisión, una cifra inferior a los diez años que había solicitado inicialmente la Fiscalía.

Al momento de fundamentar el monto de la pena, el magistrado hizo especial hincapié en el vínculo afectivo que unía a la víctima con el agresor, señalando que la convivencia cotidiana colocó a la mujer en una situación de especial vulnerabilidad, dado que el ataque provino de su propia pareja y dentro de un entorno que debía ser seguro.

La sentencia destacó además los profundos padecimientos que atraviesa la víctima. Según los informes periciales especializados presentados durante el debate, el hecho generó un fuerte impacto desestabilizador en la mujer, provocado por la violencia ejercida en su ámbito de confianza.

Imagen de MPF

Para encuadrar legalmente la condena, el tribunal aplicó la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. El juez argumentó en el fallo que corresponde imponer la pena considerando la gravedad objetiva del hecho, la entidad del reproche formulado en virtud de la especial situación de vulnerabilidad de la víctima aprovechada por el sujeto activo y la magnitud del daño causado.

Aunque el Ministerio Público Fiscal insistió en el pedido de diez años de cárcel y la declaración de reincidencia, el juez determinó que la escala de siete años y seis meses resulta una respuesta punitiva proporcional y adecuada a la gravedad de los hechos comprobados.

Por otra parte, el tribunal hizo lugar a un planteo de la defensa y declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto al delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, al haberse vencido los plazos legales para su persecución, manteniéndose firmes los cargos principales de violencia sexual.

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