Tres proyectos de ley de autoría del diputado nacional Juan Mario Pais (FPV/Chubut) tendientes a modificar las leyes de Mutuales, Cooperativas y Fundaciones con el propósito de garantizar la transparencia en la administración y dirección de dichas entidades, y la mayor participación de los asociados en el control y elección de autoridades, obtuvieron dictamen favorable en la Comisión de Asuntos Cooperativos.
Respecto a la iniciativa referida a las Asociaciones Mutuales, el legislador comodorense aseguró que los cambios proyectados persiguen el objetivo de que los asociados tengan legitimación para reclamar a los directivos y fiscalizadores por los eventuales perjuicios que causaren a la entidad por violación de sus obligaciones legales y estatutarias; y que al mismo tiempo gocen del libre acceso a la documentación relacionada con la administración para lograr “Una adecuada intervención cuando se encuentra en peligro la propia existencia de la mutual por el inadecuado obrar de sus órganos de administración y fiscalización”.
Por su parte, el proyecto vinculado a las Cooperativas también promueve el libre acceso de los socios al registro de asociados, balances y demás documentación prevista en la ley mencionada, así como también democratizar las elecciones de sus autoridades, en especial en aquellas en que la cantidad de asociados determine que se deban elegir delegados, para lo cual persigue que se confeccionen padrones y que el asociado sólo tenga que acreditar su identidad y no como ocurre en la actualidad, muchas veces hacer trámites o requerir una constancia previa, lo que dificulta la participación.
Al respecto, el legislador chubutense consideró que “A los fines de la emisión del voto, sólo se requerirá al asociado su documento de identidad y su inclusión en el padrón, no pudiendo condicionarse la emisión del voto a la presentación de credencial u otro instrumento que obstaculice su participación”.
A su vez, Pais destacó que las modificaciones impulsadas a la ley de Fundaciones buscan “Combatir la ilegalidad en la administración de los recursos y el manejo de los fondos de dichas instituciones, como también evitar que por falta de previsión en la normativa se exculpen a administradores que dañen una fundación a causa de conductas reprochables, ya sea por violación de la ley o graves negligencias”.
