El fiscal Ariel Corredera solicitó se declare legal su detención, se le formalice el hecho en su contra en base a la calificación provisoria de “amenazas simples, en concurso real con homicidio agravado por uso de arma de fuego en grado de tentativa”, y se dictara su prisión preventiva. Por su parte el defensor pidió se declare ilegal su detención, y subsidiariamente, se califique el hecho como “abuso de armas”, oponiéndose al dictado de la medida de coerción. Finalmente, la jueza penal resolvió declarar legal la detención de Gajardo, autorizó la apertura de la investigación por la calificación propuesta por la fiscalía, y dictó la prisión preventiva del imputado, como lo requiriera el fiscal.
El hecho sucedió el pasado 17 de mayo a las 15:30 horas aproximadamente en el B° Moure, cuando Gajardo se habría presentado en el domicilio de la víctima, y previo amenazarlo, sacó un arma de fuego y le disparó. Éste forcejeó con el agresor, y logró finalmente reducirlo, quitarle el arma, y dar aviso a la policía, la que se presentó enseguida, logrando detener al imputado. Afortunadamente, la víctima sólo resultó con lesiones menores.
El Fiscal, acompañado de Silvia Chaura, funcionaria de fiscalía, requirió la calificación de “amenazas simples, en concurso real con homicidio agravado por uso de arma de fuego en grado de tentativa” en calidad de “autor” para Gajardo.
En cuanto a la detención del imputado el fiscal pidió se declare legal la misma, ya que fue realizada en flagrancia, luego de la llamada de la propia víctima, enunciando las medidas de prueba que restan tomar, y solicitando el plazo de Ley para concluir con la investigación.
A continuación, el defensor público Alejandro Varas, en virtud de la declaración de su asistido, que dio un relato distinto de los hechos, solicitó se declare ilegal la detención de Gajardo. Alternativamente solicitó se declare legal su detención de manera provisoria, proponiendo una calificación jurídica de “abuso de armas”.
Seguidamente, el fiscal pidió se dicte la prisión preventiva del imputado por un plazo de tres meses en base a los elementos de convicción existentes para sostener con probabilidad la autoría del imputado y de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento. Fuga por las características graves del hecho y la pena que se espera como resultado del procedimiento, ya que de recaer condena será de cumplimiento efectivo, mencionando condenas anteriores de Gajardo.
En contraposición la defensa se opuso al dictado de la medida de coerción ya que su asistido tiene arraigo, familia y es sostén de familia. Solicitando 48 horas para presentar un domicilio alternativo, con prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.
Finalmente, la jueza penal Lilian Bórquez resolvió declarar legal la detención de Gajardo, autorizó la apertura de la investigación por la calificación propuesta por la fiscalía, y dictó la prisión preventiva del imputado por un mes, en base a la existencia de los peligros de fuga y de entorpecimiento.
