La Dirección General de Bromatología y Veterinaria de la Municipalidad de Comodoro Rivadavia dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización, informó a la comunidad en general, que la venta ambulante de productos alimenticios se encuentra regulada bajo Ordenanza Municipal 5292/94.
Dice el informe que atento a la proximidad de las festividades de fin de año , fechas en la que proliferan la venta de productos en la vía pública, se informa que se encuentra terminantemente prohibida la venta ambulante con parada fija y sin parada fija de productos alimenticios, sin estar encuadrado en la legislación vigente.
La contravención a lo reglamentado por Ordenanzas Municipales será pasible de sanciones y decomiso de la mercadería.
Para mejor información, los ciudadanos pueden comunicarse o concurrir a nuestras dependencias, sito en Carlos Calvo s/n – KM 3 –Ex Comedor Edificio SUPE.- (Dirección General de Bromatología y Veterinaria)
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