El tribunal de revisión de Esquel hizo lugar al pedido de la defensa un pedido de prisión domiciliaria para Brenda Rúa, una de las nueve personas detenidas por el ataque a tiros a la Oficina Judicial Penal de Comodoro, ocurrido el pasado lunes 13 de octubre minutos antes de que comenzara una audiencia por un caso de homicidio.
Rúa, sobre quien pesa la imputación por “tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego”.
El defensor particular, Mauro Fonteñez, solicitó la morigeración de la medida y que se dictara arresto domiciliario para Rúa, argumentando que la jueza natural que mantuvo la prisión preventiva no valoró nuevos elementos relacionados con el delicado estado de salud de su asistida.

Según el defensor, Rúa no tolera la ingestión de alimentos ni líquidos y la jueza desestimó el ingreso del médico particular que la atendió. Además, citó la Convención de Belem Do Pará y la Convención de los Derechos del niño, enfatizando que debe prevalecer el interés superior del niño por nacer.
Por el otro lado, el representante de fiscalía, Maximiliano Morsucci, pidió que se rechazara la solicitud de la defensa y se mantuviera la prisión preventiva.

Sostuvo que la resolución de la jueza Tassello fue correcta y fundamentada, subrayando la gravedad del hecho provisionalmente calificado como “tentativa de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego”. Recordó que Rúa fue detenida en cuasi-flagrancia y aclaró que la evaluación médica debe ser realizada por el Cuerpo Interdisciplinario Forense, no por un médico de parte.
Tras deliberar, el tribunal de revisión integrado por los jueces Jorge Novarino y Martín O´Connor aceptó el pedido de la defensa y dictó el arresto domiciliario para Brenda Rúa, argumentando que si fuera condenada, podría beneficiarse con el art. 10, inciso e y f del Código Penal, lo que implicaría que la prisión preventiva sería más grave que la pena misma.
