Fue en el marco de la continbuidad de la investigación contra el ex funcionario ‘dasnevista’ Daniel Taito. Los jueces Ivana González y Sergio Pineda rechazaron el segundo planteo realizado por la defensa en torno de la apertura de investigación solicitada por el Ministerio Público Fiscal.
El mismo, investiga presuntas irregularidades en el manejo de los fondos públicos durante la gestión de Daniel Taito al frente del área de Información Pública de la provincia. Así se supo tras la resolución de ambos magistrados tras una audiencia realizada días atrás.
La realización de la audiencia fue motorizada por la fiscal general Silvia Pereira, teniendo en cuenta las dilaciones existentes y la feria judicial en marcha que hubiese prorrogado aún más en el tiempo la dilucidación judicial del hecho que se investiga, informó hoy el diario Jornada.
A Taito se lo investiga por los presuntos delitos de fraude a la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público en el manejo de la publicidad oficial. La audiencia fue continuidad de la apertura de investigación tras los planteos realizados por el defensor particular de Taito, el abogado Fabián Gabalachis que insistió –al igual que su antecesor el defensor público Sergio Rey- con la prescripción de los hechos que se investigan. Primero fue la jueza Ana Servent que rechazó el planteo de la defensa de Taito y ahora dos jueces, Ivana González y Sergio Pineda, adoptaron similar postura.
Los defensores Rey y luego Gabalachis, argumentaron que los cargos contra Taito prescribieron por haber expirado los dos años, según el artículo 248 del Código Procesal Penal. Consideraron como “ilógico” que sobre los mismos hechos se calificara en una ampliación con la presunta comisión de fraude a la administración pública, delito contra la propiedad, donde se debe corroborar el elemento esencial como lo es el perjuicio y de ello depende la extinción de la acción penal.
La fiscalía
Para la fiscalía, no es posible la revisión de la decisión de la jueza Servent haciendo luego mención a los cargos que ocupara Taito y sus respectivas fechas, destacando el último que ocupó como representante del Chubut en el Consejo Federal de Comunicación –clave para la argumentación de la acusación- interpretando que el artículo 67 del Código Penal indica que la prescripción se suspende para cualquier persona que hubiese participado en el mismo ejerciendo la función pública.
Entre otras argumentaciones, tras entender que el cotejo de las fechas de la investigación preliminar y los cargos que ocupara Taito que tuvo en cuenta la fiscal general Pereira, “no autorizan a sostener que haya llevado una maniobra dilatoria o arbitraria” que de ahora en más queda “a su absoluto cargo sustentar y probar las imputaciones realizadas”, los jueces Pineda y González rechazaron los planteos de la defensa.
