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	<title>Ministerio Público Fiscal &#8211; El Comodorense</title>
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	<description>Noticias de comodoro rivadavia y la región</description>
	<lastBuildDate>Mon, 26 May 2025 13:49:22 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Ministerio Público Fiscal &#8211; El Comodorense</title>
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		<title>Rechazan salida alternativa para una mujer ya condenada en la causa de la emergencia climática en Comodoro</title>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 26 May 2025 13:48:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio Público Fiscal]]></category>
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					<description><![CDATA[La jueza de garantías Eve Ponce rechazó la solicitud de una “salida alternativa al conflicto” en el marco de una causa por lesiones leves que involucra a Vanina Barale, una ex empleada pública que ya cuenta con una condena firme por delitos contra la administración pública relacionados con la emergencia climática que afectó a la ciudad en 2017.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>Barale fue condenada a <strong>tres años de prisión en suspenso</strong> por su participación en maniobras irregulares durante el proceso de distribución de ayuda a damnificados por el temporal. Como parte de la sentencia, se le impusieron <strong>reglas de conducta</strong>, cuya supuesta inobservancia fue tenida en cuenta por la magistrada al momento de rechazar la nueva solicitud.</p>



<p>En esta nueva causa, Barale está imputada por <strong>agredir a otra mujer en el marco de un conflicto familiar</strong>. Su defensa propuso la aplicación del mecanismo de <strong>“reparación”</strong>, una figura prevista en el Código Procesal Penal como salida alternativa en casos de delitos menores. La propuesta consistía en una compensación económica de <strong>60 mil pesos</strong> y una prohibición de acercamiento por tres meses.</p>



<p>Sin embargo, para la jueza Ponce, <strong>“el conflicto entre las partes persiste”</strong>, ya que existen causas paralelas en el fuero de Familia –específicamente en Rawson– y antecedentes que hacen inviable el cierre anticipado de la causa por vías alternativas.</p>



<p>La funcionaria de fiscalía <strong>Patricia Cárcamo</strong>, siguiendo instrucciones del procurador general <strong>Jorge Miquelarena</strong>, también se opuso a la aplicación del mecanismo. La Procuración General de la Provincia del Chubut ha dispuesto <strong>no aceptar salidas alternativas para imputados y condenados por delitos contra la administración pública</strong>, como es el caso de Barale.</p>



<p>La causa por lesiones leves seguirá su curso. Ya se presentó la acusación formal y se prevé que el proceso continúe con una <strong>audiencia preliminar</strong> y, eventualmente, el <strong>juicio oral y público</strong>. De ser hallada culpable, Barale podría enfrentar una pena que le revoque la condicionalidad de la condena anterior, y ser enviada a prisión.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
		
	</item>
		<item>
		<title>Un protocolo por abuso sexual fue presentado en la provincia del Chubut</title>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 26 Sep 2020 12:41:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio Público Fiscal]]></category>
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					<description><![CDATA[El Ministerio Público Fiscal participó de la rueda de presentaciones del “Protocolo de abordaje de abusos sexuales y embarazo no intencional en la niñez y adolescencia”, organizadas por el Ministerio de Salud. La presentación se organizó por circunscripción mediante la plataforma Zoom. Participaron además representantes de la Asesoría de Familia, de las Comisarías de la...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>El Ministerio Público Fiscal participó de la rueda de  presentaciones del “Protocolo de abordaje de abusos sexuales y embarazo  no intencional en la niñez y adolescencia”, organizadas por el  Ministerio de Salud.</strong></p>



<p> La presentación se organizó por circunscripción  mediante la plataforma Zoom. Participaron además representantes de la  Asesoría de Familia, de las Comisarías de la Mujer y de las respectivas  Áreas Programáticas.</p>



<p>La organización y presentación estuvo a cargo de Laura Pizzi, 
Dirección general de Coordinación de Programas de Salud, Débora Flores 
Shagun directora provincial de Maternidad Infancia y Adolescencia y 
Verónica Vivanco, referente del Programa de salud sexual y reproductiva.
 Por el Ministerio Público Fiscal participaron los fiscales que 
investigan Abusos Sexuales en cada una de las circunscripciones, así 
como el Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito.</p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter"><img decoding="async" src="https://lh3.googleusercontent.com/proxy/8d2IjxMBuPXL1pXuDjPOFQDNLDqnNF1j26k45_BljWwWWItWN_I4JmRQx0vYc5mArOMvF-43f970bio_mv_vwtGaex1om03Um0_EarIenf5O-QlN_idR2Q" alt="Ministerio Público Fiscal de la Provincia del Chubut - Protocolo Provincial  de intervención en Abuso Sexual: Fue presentado en toda la provincia"/><figcaption>Protocolo Provincial  de intervención en Abuso Sexual: Fue presentado en toda la provincia.</figcaption></figure></div>



<h4><strong>El protocolo se propone:</strong></h4>



<p>– Promover la prevención de la violencia sexual, propiciando acciones
 tendientes a disminuir los factores de riesgo y potenciar los factores 
protectores.</p>



<p>– Conocer la hoja de ruta ante situaciones de abuso sexual hacia 
niñas, niños y adolescentes en primer y segundo nivel de atención 
adecuada al recurso local.</p>



<p>– Propiciar el abordaje interinstitucional de los ASI, logrando la  detección, acompañamiento e implementación de medidas para la protección  integral, denunciando ante organismos judiciales proteccionales el  hecho o la sospecha de ASI. </p>



<p></p>



<p style="text-align:left">Fuente:  <em>Ministerio Público Fiscal</em> | <em>diariocronica.com.ar</em></p>
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		<title>Declaran inadmisible el recurso extraordinario de Oscar “Chito” Alarcón</title>
		<link>https://www.elcomodorense.net/declaran-inadmisible-el-recurso-extraordinario-de-oscar-chito-alarcon/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 24 Jun 2020 16:02:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio Público Fiscal]]></category>
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					<description><![CDATA[Alarcón declarado penalmente responsable de fraude a la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por el juez Martín O’Connor. La sentencia fue cuestionada por la defensa ante la Cámara Penal y esta confirmó la declaración de responsabilidad condenándolo a la pena de dos años y ocho meses de prisión. Su abogado...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Alarcón declarado </strong><a href="http://www.mpfchubut.gov.ar/centro-de-noticias/esquel/alarcon-fue-declarado-autor-de-fraude-a-la-administracion-publica-e-incumplimiento-de-los-deberes-de-funcionario-publico"><strong>penalmente responsable </strong></a><strong>de  fraude a la administración pública e incumplimiento de los deberes de  funcionario público, por el juez Martín O’Connor. </strong></p>



<p>La sentencia fue cuestionada por la defensa ante la Cámara Penal y esta confirmó la  declaración de responsabilidad condenándolo a la pena de dos años y ocho  meses de prisión. Su abogado presentó un recurso extraordinario, el que  le fue rechazado por inadmisible.</p>



<p>Fabián Gabalachis cuestionó la decisión de la Cámara por considerar 
que aplicó erróneamente la ley penal, por considerarla arbitraria y que 
no observó las reglas relativas a la correlación entre la acusación y la
 sentencia.</p>



<p>Los jueces Martín Zacchino, Flavia Trincheri y Hernán Dal Verme, 
consideraron que el defensor reeditó de modo fragmentado los argumentos 
brindados por el tribunal a cargo del debate y que esos mismos 
argumentos fueron atendidos y “fundadamente descartados por esta 
Cámara”. Sostienen los camaristas que la “mera discrepancia expuesta, no
 abastece el concepto de arbitrariedad de sentencia reclamado”. Luego de
 citar el criterio del Superior Tribunal de Justicia, decidieron 
declarar inadmisible la impugnación extraordinaria por no reunir los 
requisitos mínimos de procedencia establecidos por el Código Procesal 
Penal. &nbsp;</p>



<p></p>



<p></p>



<p>Fuente: <em>mpfchubut.gov.ar</em></p>
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