Se presentó un acuerdo de juicio abreviado por el homicidio culposo de “Tito” Blanco

Un acuerdo de juicio abreviado entre la Defensa Pública y el Ministerio Fiscal se presentó ayer en torno a la causa por el homicidio culposo de Luis Alberto “Tito” Blanco (30), quien fue embestido por…

martes 12/04/2011 - 10:00
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Un acuerdo de juicio abreviado entre la Defensa Pública y el Ministerio Fiscal se presentó ayer en torno a la causa por el homicidio culposo de Luis Alberto “Tito” Blanco (30), quien fue embestido por un camión en mayo del año pasado. La querella no prestó acuerdo porque su pretensión es llegar a juicio con una calificación distinta: homicidio simple con dolo eventual.

La definición se conocerá el jueves. De ir a juicio, sería como homicidio culposo y de no aceptarse el abreviado, el imputado podría recibir una probation.

La audiencia preliminar en torno a la causa que tuvo como víctima al profesor de gimnasia Luis Alberto “Tito” Blanco -el 18 de mayo del año pasado-, se llevó a cabo ayer en la sala principal de la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia y fue presidida por la juez penal, Mariel Suárez.

La familia de la víctima, que se constituyó en querellante, fue representada por los abogados particulares, Gustavo Menna y Juan Gutiérrez Hauri; la Fiscalía estuvo a cargo del fiscal general, Marcelo Crettón, y la Defensa Pública la ejerció Viviana Barillari.

Abeviado

Una de las posibilidades de definir la causa es a través del juicio abreviado y en esa postura coincidieron la Fiscalía y la Defensa Pública, en torno a la calificación de homicidio culposo.

No ocurrió lo mismo con la querella, porque esta pretende llevar la causa a juicio pero con otra calificación, como lo es la de homicidio simple con dolo eventual y con una pena de ocho años. Para tener una idea de lo que ello significa, con esa calificación se debería probar en el juicio que el conductor del camión, Roberto Gustavo Hombre, de 39 años, al momento de pasar por la ruta 3, a la altura de la estación de servicio El Patagón, tras ver el semáforo en rojo y el auto de la víctima a punto de cruzar, se representó a sí mismo el resultado de la muerte de Blanco y a pesar de ello avanzó sin importarle. No existe precedente sobre una condena firme en este sentido, según confirmaron fuentes del derecho penal.

En tanto que en el acuerdo abreviado al que arribó la Fiscalía con la Defensa Pública, se estableció una pena de 3 años de cumplimiento condicional y la inhabilitación para conducir por 10 años, el máximo que marca el artículo 84 del Código Penal. En él, además, se fija una pena que va de los 6 meses a los 5 años y, según la circunstancias del hecho, la mínima podría elevarse a 2 años.

Con respecto a la inhabilitación, la defensora Viviana Barillari aclaró que no era de su preferencia el máximo y que hubiera sido suficiente con 5 años de prohibición para conducir. De todas formas se le consultó al imputado si estaba de acuerdo con los términos del abreviado, tanto con la pena, como con la inhabilitación y éste respondió  afirmativamente.

(El Patagónico)

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