Durante la audiencia, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare legal la detención de los tres imputados, se formalice el hecho bajo la calificación provisoria de “robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda” y se dicte la prisión preventiva por el plazo de tres meses.
La defensa de N.E, a cargo del abogado Mauro Fonteñez, cuestionó el relato del hecho, aunque no se opuso a la legalidad de la detención ni a la calificación jurídica. Sin embargo, rechazó el pedido de prisión preventiva y solicitó la libertad de su asistido con presentaciones semanales, y de manera subsidiaria, el arresto domiciliario.
En el mismo sentido se expresaron los defensores de J.L.O. y F.V, Gustavo Oyarzun y Juan Bill, quienes tampoco se opusieron a la legalidad de la detención, pero sí al dictado de la preventiva, requiriendo la libertad de sus defendidos con la obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad.
Según expuso el funcionario de fiscalía Maximiliano Morsucci, el hecho a investigar ocurrió el 13 de diciembre alrededor de las 21 horas, cuando los imputados concurrieron al establecimiento “Cerro Tacho”, donde tras cortar el candado de la tranquera ingresaron al predio. En el interior se encontraba el peón del lugar, a quien redujeron atándolo de pies y manos. Posteriormente, sustrajeron diversos elementos de valor y, al retirarse, agredieron a la víctima a puntapiés, cargando los objetos en la caja de una camioneta Ford Ranger Raptor y dándose a la fuga por la Ruta 39.
El peón logró desatarse y dio aviso al propietario del establecimiento. Un familiar divisó la camioneta a la altura de Diadema, a unos 135 kilómetros del lugar del hecho, y alertó a personal policial de la subcomisaría de Palazzo. Los efectivos observaron el vehículo y, al advertir su presencia, los ocupantes huyeron por el barrio Gas del Estado, donde finalmente fueron detenidos e identificados, constatándose la presencia de los elementos sustraídos en la caja de la camioneta.
La fiscalía calificó provisoriamente el hecho como “robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda”, en calidad de coautores, y solicitó la prisión preventiva al considerar acreditados los elementos de convicción, el peligro de fuga y el riesgo de entorpecimiento de la investigación.
Finalmente, el juez penal Miguel Caviglia resolvió autorizar la formalización del hecho, declarar legal la detención y disponer la libertad de los tres imputados, imponiendo como medida sustitutiva la obligación de presentarse semanalmente ante la Oficina Judicial durante el plazo de tres meses. El magistrado consideró que no existía riesgo de que los imputados influyan en la investigación, que cuentan con arraigo y que la prisión preventiva resultaba una medida excesiva.
