La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como «Aceite de oliva virgen extra, Clásico, marca Nucete», en su presentación de botella de 500 mililitros.
La medida quedó oficializada mediante la Disposición Nº 510/2026. La decisión del organismo se fundamentó en una investigación iniciada a partir de un reclamo particular sobre la legitimidad del producto. Tras las consultas pertinentes, la firma Agro Aceitunera S.A., titular de la marca, confirmó que las unidades pertenecientes al lote L. C5-243003, con fecha de elaboración JUN-2025 y vencimiento JUN-2026, son falsificadas.
Según el informe técnico, la empresa detectó que el sistema de codificación utilizado en dicho lote no corresponde a los registros de la compañía. Además, se señaló una inconsistencia clave en la vida útil del alimento: mientras que el producto genuino posee una validez de dos años, el ejemplar falsificado indica un vencimiento de solo un año.
El envase apócrifo, que declara ser elaborado y fraccionado por «San Juan de los Olivos» (RNE 18-002065) para «Agro Aceitunera S.A.» en Aimogasta, La Rioja, presenta diferencias visuales determinantes respecto al original. La botella falsificada carece de los símbolos de «Sin TACC» y de la certificación «Kosher», elementos distintivos de la marca. Asimismo, en el rotulado ilegítimo se lee la leyenda «Industria Argentina», a diferencia del original que especifica «Producto Argentino».
Al tratarse de un producto ilegal, del cual se desconocen sus condiciones de elaboración y transporte, la ANMAT determinó que no es posible garantizar su calidad ni su seguridad. Por tal motivo, se recomendó a los consumidores que se abstengan de consumir el producto con los datos detallados y se exigió a los comerciantes cesar su venta de inmediato.

