Este viernes se realizó la audiencia de revisión de la prisión preventiva en relación al homicidio de José Luis Martínez ocurrido el pasado 12 de agosto de 2.012, que tiene como condenado a Daniel Jaramillo.
Según informa Consello Patagónico el fiscal solicitó se mantenga la medida de coerción que cumple Jaramillo hasta que la sentencia quede firme, por su parte la defensa no se opuso a ello ya que “no tiene elementos nuevos”. Finalmente el tribunal revisor resolvió mantener la prisión preventiva de Jaramillo por 6 meses o hasta que la sentencia adquiera calidad de cosa juzgada.
En un primer momento el fiscal hizo un repaso de la causa cuando el pasado 3 de octubre de 2019 se realizó la audiencia de control de detención del caso, formalizándose el mismo a Jaramillo por el delito de homicidio simple y dictándose su prisión preventiva en base al peligro de fuga. Cabe recordar que Jaramillo estuvo prófugo de la Justicia por 7 años.
Así el pasado 7 de agosto de 2020, luego del debate oral y público Jaramillo fue condenado a la pena de 10 años y 8 meses de prisión por un tribunal colegiado.
La defensa impugnó dicha condena ante la Cámara penal local y el 1° de diciembre de 2020, los jueces de Cámara confirmaron en todas sus partes la sentencia de primera instancia. Luego la defensa presenta impugnación extraordinaria del caso ante la Sala Penal del Superior Tribunal de justicia provincial, la cual fue rechazada.
En el presente la causa está en consulta, por el monto elevado de la pena, ante la misma Sala Penal. “No han variado las condiciones por las cuales se le dictó la prisión preventiva a Jaramillo” aseguró el fiscal. “Persiste el peligro de fuga, ya que estuvo prófugo de la Justicia por 7 años”; por ello solicitó se mantenga la prisión preventiva de Jaramillo hasta que la sentencia adquiera calidad de cosa juzgada.
Por su parte la defensora consintió ya que la causa tiene “doble conforme” aclarando que el pasado 6 de enero de 2021 se remitió a la Sala Penal del Superior Tribunal provincial un “recurso de queja, por recurso denegado”. Reconociendo que no tiene elementos nuevos para solicitar una medida más morigerada, pero que “el estado de inocencia prevalece hasta que la sentencia quede firme”.
