Un caso novedoso en Rawson marcó un precedente al impedir que un hombre que incumplía con la cuota alimentaria de su hija menor ingresara a un complejo deportivo para jugar al pádel.
Esta medida se aplicó bajo una Ordenanza municipal que limita la participación en actividades sociales, culturales, deportivas y recreativas a deudores alimentarios, informó la abogada Ana Laura Ramírez, representante de la madre.
Esta normativa, única en Chubut, complementa el Registro de Alimentantes Morosos (Ley III N°21) como una herramienta para proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes. Busca evitar que quienes descuidan sus obligaciones básicas destinen recursos a actividades recreativas o de ocio.

El caso específico involucra a un hombre padre de tres hijos con distintas madres. Si bien cumple con dos, incumple totalmente con una hija: no aporta alimentos, no respeta el plan de parentalidad ni se involucra en su cuidado.
Tras múltiples denuncias y agotadas otras vías, la madre y su abogada solicitaron la aplicación de la ordenanza, que fue aceptada por el juzgado correspondiente y que prohibió al hombre participar en actividades recreativas.
Pese a la notificación judicial, el hombre acudió al club deportivo; al ser advertida su presencia, la madre alertó a la policía, que actuó para hacer cumplir la restricción.
