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	<title>Refinanciación &#8211; El Comodorense</title>
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	<description>Noticias de comodoro rivadavia y la región</description>
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	<title>Refinanciación &#8211; El Comodorense</title>
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		<title>Plan para refinanciar deudas de consumo en mora: quiénes pueden pedir el beneficio, en qué bancos y con qué condiciones</title>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Jul 2026 16:23:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
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					<description><![CDATA[El Plan apunta a ayudar a quienes acumulen atrasos en créditos o tarjetas, con foco en aliviar la carga financiera de los hogares.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>El gobierno porteño reglamentó la ley que crea el&nbsp;<strong>Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal</strong>, sancionada por la Legislatura el 18 de junio pasado. El plan está destinado a<strong>refinanciar de deudas por préstamos personales y tarjetas de crédito</strong>&nbsp;para residentes en la Ciudad de Buenos Aires con una tasa máxima del 35% anual y un plazo mínimo de 24 cuotas, entre otras condiciones.&nbsp;</p>



<p>La iniciativa apunta a aliviar la situación de aquellas familias que están en mora y se pondrá en marcha a través del&nbsp;<strong>Banco Ciudad</strong>. El resto de los bancos podrán adherir a la iniciativa con las mismas condiciones, aunque por el momento no existe mucho interés en hacerlo dado que tienen otras medidas en marcha, según pudo saber&nbsp;<strong>Infobae</strong>.</p>



<p>La ley, cuya reglamentación se publicó hoy en el Boletín Oficial, tiene como objetivo central atender la problemática de&nbsp;<strong>sobreendeudamiento</strong>&nbsp;de los hogares porteños. Los créditos tendrán como único destino la cancelación o refinanciación de las deudas originadas con la propia entidad y los créditos contraídos por sus clientes con cualquier otra entidad bancaria. El plan<strong>&nbsp;no incluye el rescate para deudas con billeteras virtuales</strong>&nbsp;o fintech. Tampoco por préstamos prendarios o hipotecarios, ni deudas originadas en actividades comerciales o empresariales.</p>



<p>La tasa fija máxima (TNA) será del 35% anual y el plazo mínimo de devolución será de 24 meses. Si lo desean, los bancos pueden mejorar esas condiciones.</p>



<p>Al respecto, el Jefe de Gobierno,&nbsp;<strong>Jorge Macri</strong>, señaló en su cuenta de la red social X: “Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas con tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es&nbsp;<strong>un alivio para la clase media&nbsp;</strong>que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día (&#8230;) Esta fue una propuesta que trabajamos en conjunto entre el Poder Ejecutivo y la Legislatura para convertirla en una ley financieramente viable.”</p>



<p><strong>Quiénes pueden pedir los créditos y quiénes están excluidos</strong></p>



<p>Según los dispuesto por la ley,&nbsp;<strong>las familias interesadas podrán solicitar los préstamos a partir del 3 de agosto por un plazo de 60 días,</strong>siempre que cumplan con la totalidad de las siguientes condiciones:</p>



<ol>
<li>Registrar deudas originadas en tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por bancos, registradas hasta el 1° de junio pasado.&nbsp;</li>



<li>Estar calificado en la&nbsp;<a href="https://www.infobae.com/economia/2026/07/10/mora-en-record-como-revisar-tu-historial-de-deudas-y-por-que-es-clave-para-evitar-el-atraso-en-los-pagos/">Central de Deudores del Banco Central</a>&nbsp;en&nbsp;Situación 2&nbsp;(deudas con atraso entre 60 y 90 días) o en&nbsp;Situación 3&nbsp;(deudas con atraso entre 90 y 180 días) días, al 1° de junio de 2026.</li>



<li>Tener&nbsp;ingresos mensuales&nbsp;del grupo familiar inferiores a diez (10) salarios mínimos, lo que en la actualidad equivale a&nbsp;3.678.000 pesos.</li>



<li>Acreditar que las cuotas adeudadas representan&nbsp;más del 30% de los ingresos&nbsp;mensuales del hogar.</li>



<li>Tener domicilio real en CABA con una antigüedad mínima de 2 años.</li>
</ol>



<p>Según la reglamentación, “los beneficiarios deberán&nbsp;<strong>informar cualquier modificación sustancial</strong>&nbsp;en los ingresos del grupo familiar que pudiera incidir en el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley, como así también la modificación de cualquiera de los requisitos de elegibilidad”.</p>



<p>El Ciudad y los otros bancos que adhieran podrán exigir la presentación de documentación que acredite la residencia y la situación de mora, además de verificar la existencia de las deudas a refinanciar.</p>



<p>Al mismo tiempo, hay otras 5 condiciones que&nbsp;<strong>excluyen&nbsp;</strong>de la posiblidad del refinanciamiento. No podrán recibir los préstamos del&nbsp;<strong>Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal</strong>:</p>



<ol>
<li>Dueños de más de un inmueble.</li>



<li>Propietarios de automóviles con una antigüedad menor a cinco (5) años, excepto aquellos destinados a actividades laborales.</li>



<li>Titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios registrados.</li>



<li>Tenedores de activos financieros (plazos fijos, títulos, bonos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión, acciones, moneda extranjera u otros) que excedan el total de la deuda reclamada.</li>



<li>Toda persona que haya comprado dólares&nbsp;durante el período en que se generó la deuda a refinanciar.</li>
</ol>



<p><strong>En qué bancos se puede pedir</strong></p>



<p>El&nbsp;<strong>Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal</strong>&nbsp;se pondrá en marcha a través del Banco Ciudad y de otras entidades financieras que deseen adherir voluntariamente, ofreciendo iguales condiciones. Las entidades que se sumen tendrán un&nbsp;<strong>beneficio fiscal</strong>: gozarán de una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre los intereses percibidos por los préstamos otorgados bajo el programa.</p>



<p>No obstante ese beneficio impositivo y la existencia de una ley porteña, fuentes de distintos bancos del sistema financiero coincidieron en que la mayoría de las entidades no planea adherir al plan, ya que pusieron en marcha otras medidas propias destinadas a reducir la morosidad de sus carteras.</p>



<p>Por el lado de los bancos públicos, ya lanzaron distintas líneas crediticias orientadas a la refinanciación de deudas de consumo. Tanto el Nación como el Provincia, e incluso el propio Banco Ciudad, ya implementaron esas líneas.</p>



<p>Los bancos privados, por su parte, prefieren seguir ofreciendo planes “uno a uno”, contactando en forma individual a aquellos clientes que incurrieron en mora para ofrecerles reestructurar su deuda con cuotas más accesibles que le permitan ponerse al día. Prefieren esa estrategia a ofrecer una línea en forma masiva, ya que eso a veces hace que quienes no necesitan refinanciamiento puedan recibirlo y beneficiarse de las condiciones más blandas.</p>



<p>No obstante, fuentes del sector financiero no descartan que haya algunos bancos que adhieran al plan, ya sea por el peso institucional que implica que el Programa esté avalado por una ley o porque las condiciones que fija para refinanciar son razonables, bastante similares a las que los bancos ofrecen por su cuenta.&nbsp;<strong>Los bancos tienen tiempo para sumarse hasta el próximo 31 de julio</strong>.</p>



<p>La ley también establece que el Banco Ciudad deberá instrumentar una línea específica de refinanciación, por intermedio de Ciudad Microempresas S.A.U., para los&nbsp;<strong>emprendedores y trabajadores no registrados</strong>que mantengan obligaciones impagas con esa entidad y tengan atrasos de entre 60 y 180 días.</p>
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	</item>
		<item>
		<title>El Gobierno Nacional autorizó la refinanciación de deuda de Chubut</title>
		<link>https://www.elcomodorense.net/el-gobierno-nacional-autorizo-la-refinanciacion-de-deuda-de-chubut/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Nov 2023 13:00:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Política]]></category>
		<category><![CDATA[Economía]]></category>
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					<description><![CDATA[El objetivo de la Resolución es contribuir a la sostenibilidad de los esquemas fiscales provinciales, en el caso particular de la Provincia de Chubut.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>A través de la Resolución 1632/2023 del Ministerio de Economía, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se autorizó al Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial a refinanciar los servicios de amortización e interés que vencen en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2023, provenientes del Convenio suscripto entre el Estado Nacional, la Provincia de Chubut y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial, con fecha 16 de marzo de 2023.</strong></p>



<p>En concreto, la resolución establece que los servicios de deuda serán refinanciados en doce cuotas mensuales y consecutivas, con una tasa de interés del 0,10% nominal anual. Los intereses se capitalizarán hasta el 31 de diciembre de 2023 y serán pagaderos mensualmente -según publica <strong>Ámbito</strong>-. La garantía de la deuda será una cesión “pro solvendo” de los derechos sobre las sumas a percibir por la Provincia de Chubut por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.</p>



<p>El objetivo de la resolución es contribuir a la sostenibilidad de los esquemas fiscales provinciales, en el caso particular de la Provincia de Chubut.</p>



<p><strong>Los puntos más importantes del texto:</strong></p>



<p>El Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial es un organismo creado por el Estado Nacional para asistir y financiar programas que contemplen el saneamiento de las deudas de los Estados Provinciales.</p>



<p>La Provincia de Chubut solicitó una modificación en las condiciones financieras de la deuda contraída con el Fondo, para atender compromisos de la deuda y obligaciones del tesoro provincial de corto plazo.</p>



<p>El Gobierno Nacional decidió autorizar la refinanciación de la deuda, en las condiciones establecidas en la resolución.</p>



<p>La resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el BO, es decir, este lunes 6 de noviembre.</p>
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		<title>Los saldos impagos de las tarjetas de crédito se refinanciarán automáticamente</title>
		<link>https://www.elcomodorense.net/los-saldos-impagos-de-las-tarjetas-de-credito-se-refinanciaran-automaticamente/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Sep 2020 19:48:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Últimas Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Economía]]></category>
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					<description><![CDATA[Será en nueve cuotas mensuales y consecutivas, a una tasa de interés del 40%, sin ningún otro recargo. El vencimiento de la primera cuota será en diciembre de este año, de acuerdo a lo establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). El gobierno provincial, a través de la dirección de Promoción de...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Será en nueve cuotas mensuales y consecutivas, a una tasa de interés del 40%, sin ningún otro recargo. El vencimiento de la primera cuota será en diciembre de este año, de acuerdo a lo establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).</strong></p>



<p>El gobierno provincial, a través de la dirección de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, informó que, mediante la Comunicación A 7095 del BCRA, se estableció que los saldos impagos de las tarjetas de crédito, con vencimiento entre el 1° y el 30 de septiembre de 2020, serán refinanciados automáticamente.</p>



<p>Dicha refinanciación&nbsp;será en nueve cuotas mensuales y consecutivas, a una tasa de interés del 40%&nbsp;(tasa nominal anual, sin ningún otro recargo), y el vencimiento de la primera cuota será en diciembre de 2020.</p>



<p>En el caso de que el saldo se abone mediante débito automático, el usuario que quiera adherirse a la refinanciación deberá solicitar la interrupción del débito automático por este mes, con 48 horas de anticipación al vencimiento.</p>



<p>La devolución del pago podrá solicitarse a través de los canales habilitados por cada banco.</p>



<p>De no utilizar esta opción,&nbsp;el usuario deberá asegurarse de pagar el total del resumen de su tarjeta&nbsp;ya que esta disposición del BCRA se realiza de forma automática sobre los saldos adeudados.</p>



<p>Ante cualquier duda, los interesados podrán comunicarse con la dirección provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, a través del 0800 555 6768 (opción 3), Trámite a Distancia (TAD), Ventanilla Única Federal (VUF), o ante cualquier Oficina Municipal de Información al Consumidor (Omic).</p>
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