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	<title>Luis Vidal &#8211; El Comodorense</title>
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	<description>Noticias de comodoro rivadavia y la región</description>
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	<title>Luis Vidal &#8211; El Comodorense</title>
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		<title>Confirman por mayoría sentencia condenatoria efectiva en contra de Luis Vidal</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dnucera]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 22 Sep 2021 18:13:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[Comodoro]]></category>
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					<description><![CDATA[Fallo en Impugnación por causa de lesiones leves agravadas y amenazas a Lorena Paredes. En la sala de la Cámara Penal del barrio Roca el tribunal de impugnación, compuesto por Martín Montenovo, quién se pronunció sobre el fallo, Daniel Pintos y Guillermo Müller, dio a conocer su decisión que “por mayoría confirma la sentencia condenatoria”...]]></description>
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<p><strong>Fallo en Impugnación por causa de lesiones leves agravadas y amenazas a Lorena Paredes.</strong></p>



<p>En la sala de la Cámara Penal del barrio Roca el tribunal de
impugnación, compuesto por Martín Montenovo, quién se pronunció sobre el fallo,
Daniel Pintos y Guillermo Müller, dio a conocer su decisión que “por mayoría
confirma la sentencia condenatoria” de tres años y 3 meses de prisión efectivos
para Luis Vidal. El voto en disidencia fue de Montenovo quién discrepó con sus
pares respecto de la pena, que para él debía ser de cumplimiento condicional.
Asimismo, los jueces de Cámara hicieron “votos para que esto no vuelva a
ocurrir” y que Paredes y Vidal “no se relacionen más”.</p>



<p>Los jueces de la Cámara en lo Penal local expresaron que
efectivamente entre víctima y victimario se comprobó que ambos formaron una
pareja con caracterizaciones intensas. Eso se trató en el juicio. Acotando que
la violencia de género carece de testigos presenciales y que el juez del
tribunal de juicio hizo un corte con un hecho anterior, y condenó por el
segundo. Analizaron “el modo de concurrencia de ambos delitos, de lesiones y
amenazas, y lo que propuso la fiscalía en la acusación, en los alegatos
iniciales y en los alegatos finales, un concurso real entre lesiones y
amenazas, es decir que no hubo sorpresa para el ejercicio del derecho de
defensa”. Tanto en el alegato final, como en la acusación queda claro que era
lo que se pretendía, y qué era lo que correspondía, expresó Montenovo. “Si bien
las lesiones leves agravadas no dejan de ser leves, el episodio de violencia
fue intenso y de gravedad notoria, para generar miedo”. El hecho en sí fue
destinado a generar temor. Ese es el contenido del delito de amenazas.</p>



<p>Los jueces hicieron hincapié en cuál sería el modo de evitar
que esto vuelva a ocurrir, que Paredes y Vidal “no se relacionen más. Lo mejor
que les puede pasar es que no se vean más, porque eso les genera daño, y
también perjudica a terceros, por ejemplo, la hija de Paredes”.</p>



<p>Confirmando (por unanimidad) la sentencia y la pena por
mayoría en contra de Luis Vidal, de tres años y tres meses de prisión
efectivos, y asimismo hacen “votos para que no vuelva a ocurrir”, que Vidal y
Paredes “no se relacionen más”. En igual sentido por unanimidad dispusieron
remitir los antecedentes del caso a la Asesoría de Familia para que tome
conocimiento del estado del menor.</p>



<p>El Ministerio Público Fiscal fue representado por la fiscal
general, María Laura Blanco; en tanto que la defensa de Vidal fue ejercida por
Claudia Torrecillas, abogada de la Defensa Pública.</p>
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		<title>Tres años y tres meses de prisión efectiva para Luis Vidal</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dnucera]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 22 Jun 2021 17:37:30 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[Condena]]></category>
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					<description><![CDATA[La pena de reclusión se dictaminó en el marco del juicio por lesiones leves agravadas y amenazas hacia Lorena Paredes. La semana pasada, de forma semipresencial, se llevó adelante la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio por lesiones leves agravadas y amenazas a Lorena Paredes que tiene como declarado responsable a...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>La pena de reclusión se
dictaminó en el marco del juicio por lesiones leves agravadas y amenazas hacia Lorena
Paredes.</strong></p>



<p>La semana pasada, de forma semipresencial, se llevó adelante
la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio por lesiones leves
agravadas y amenazas a Lorena Paredes que tiene como declarado responsable a
Luis Vidal.</p>



<p>La fiscal solicitó en ese momento, en base a las
circunstancias agravantes y atenuantes del caso, la pena de 3 años y 6 meses de
prisión para Vidal; en tanto que la defensa pidió un año de prisión en suspenso
y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de
acercamiento con tobillera electrónica.</p>



<p>Finalmente el juez integrante del tribunal pasó a deliberar
y fijó fecha para hoy martes 22 de junio, en horas del mediodía, para dar a
conocer su veredicto de pena, que finalmente fue de tres años y tres meses de
prisión efectiva.</p>



<p>El tribunal unipersonal de debate fue integrado por Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Vidal fue ejercida por Ivo Di Taranto y Lilian Borquez, defensores públicos.</p>



<p><strong>El veredicto</strong></p>



<p>El mediodía del presente martes el juez penal Miguel Caviglia resolvió condenar a Luis Vidal a la pena de tres años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo. En la pasada audiencia de cesura de pena la fiscal solicitó, en base a las circunstancias agravantes y atenuantes del caso, la pena de 3 años y 6 meses de prisión para Vidal; en tanto que la defensa un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de acercamiento con tobillera electrónica.</p>



<p>El tribunal unipersonal de debate fue integrado por Miguel Caviglia, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Vidal fue ejercida por Ivo Di Taranto y Lilian Borquez, defensores públicos.</p>



<p>La fiscal en su alegato de pena recordó que ya Vidal fue declarado autor penalmente responsable por el delito de “lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por ser cometidas en contexto de violencia de género, y amenazas”. Se debe considerar la magnitud del injusto y el grado de culpabilidad para establecer la pena dentro de una escala penal de 6 meses a 4 años de prisión. Debemos tener en cuenta la intensidad o gravedad del injusto, como la naturaleza de la acción y los medios empleados para ejecutarla. Éste fue un hecho de violencia extrema, un hecho brutal, que si bien fue catalogado como lesiones leves hubo una sucesión de golpes con distintos medios y esto debe ser considerado como agravante de la pena, agregó la fiscal Blanco. También se debe considerar la violencia psicológica ejercida como las amenazas con prenderla fuego, sabiendo del miedo de la víctima al fuego. El doble agravante del delito, de la relación de pareja y el contexto de violencia de género, nos permite alejarnos del mínimo de la escala penal. El daño psicológico en la víctima, al día de hoy casi tres años después del hecho, no ha sido superado, esto también debe ser considerado como agravante; como también la calidad de los motivos que lo llevaron a delinquir. “Nada justifica el ataque que sufrió Paredes en ese momento”. Como único atenuante la fiscal consideró la falta de antecedentes penales de Vidal. En función de todo esto solicitó la pena de 3 años y 6 meses de prisión para el imputado.</p>



<p>Por su parte los defensores expresaron que es distinta la escala penal que maneja la defensa, de seis meses a dos años de prisión, en virtud del concurso de los delitos. “No hubo explicación de porqué se cambia de criterio respecto del concurso de delitos, de real a ideal, desde el alegato de apertura al alegato de clausura. Esto afecta el principio del derecho a defensa en juicio” argumentaron los defensores. En igual sentido argumentaron que “el fin de la pena es la resocialización” de la persona, y “no un castigo”. Se debe tener en cuenta el comportamiento posterior de su asistido ya que no existe ningún incumplimiento”, concluyeron los defensores. Por lo cual pidieron “un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de acercamiento con tobillera electrónica” para Vidal.</p>
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