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	<title>Bienes Personales &#8211; El Comodorense</title>
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	<description>Noticias de comodoro rivadavia y la región</description>
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	<title>Bienes Personales &#8211; El Comodorense</title>
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	<item>
		<title>Hasta cuándo hay tiempo de hacerlo en Enero</title>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Jan 2023 16:03:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Recategorización de monotributistas]]></category>
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					<description><![CDATA[En el mes de Enero, al igual que en Julio es tiempo de la recategorización semestral para los monotributistas del Régimen Simplificado. ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>No obstante es bueno tener en cuenta que el régimen de monotributo empezó siendo un régimen simplificado y fácil para poder autogestionarse para un limitado grupo de cuentapropistas, pero, con el correr de los años y el crecimiento de contribuyentes bajo esta modalidad, el manejo del monotributo se fue complejizando con distintas normativas y regulaciones, por lo que es recomendable hacer los análisis y consultas pertinentes con un contador público matriculado, ya que, hay muchas particularidades que podrían alterar la correcta categorización.</p>



<p><strong>Qué es la recategorización semestral de Monotributo</strong></p>



<p>La misma consiste en la evaluación de la actividad de los últimos 12 meses para determinar si deben mantener la categoría en la que se encuentran o modificarla. Cuando los distintos parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización -según publica <strong>Ámbito</strong>-.</p>



<p>Por su parte, estas se dan en los meses de Enero y Julio.</p>



<p>Parámetros a tener en cuenta en la recategorización:</p>



<p>Como indica el artículo 9° de la Ley 24.977, hay que hacer un análisis de lo actuado en el último año de:</p>



<p>-La facturación</p>



<p>-La superficie afectada a la actividad</p>



<p>-La energía eléctrica consumida</p>



<p>-Los alquileres devengados</p>



<p>El total de los valores que nos arroje cada parámetro, habrá de compararse con la tabla de AFIP, (se puede consultar ingresando al siguiente link https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp, y hacerlo a la categoría que corresponda según el parámetro más alto.</p>



<p><strong>Tiempo para recategorizarse</strong></p>



<p>Las fechas disponibles para la recategorización son del 1 al 20 de cada Enero y Julio.</p>



<p><strong>Qué pasa si no lo hago</strong></p>



<p>Si se pasa la fecha y no te recategorizaste cuando correspondía, la AFIP puede recategorizarte de oficio, además de aplicarte sanciones.</p>



<p>Se trata de un proceso sistémico que opera cuando un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de manera inexacta. El procedimiento se inicia cuando se detectan compras, gastos o acreditaciones bancarias por un valor superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está encuadrado.</p>



<p>Los monotributistas que sean modificados por la AFIP recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) el primer día hábil de los meses de Agosto y Febrero de cada año.</p>



<p>La categoría asignada puede recurrirse dentro de los 15 días de recibida la notificación, a través del mismo servicio. Vencido el plazo, el recurso podrá iniciarse mediante «Presentaciones Digitales».</p>



<p><strong>Paso a paso</strong></p>



<p>-Ingresar al portal web de Monotributo.</p>



<p>-Indicar CUIT, clave fiscal y presionar «Aceptar».</p>



<p>-Seleccionar la opción «Recategorizarme» (en esta opción se podrá observar en carácter informativo, los datos que posee este Organismo de su situación tributaria).</p>



<p>-Seleccionar la opción «Continuar recategorización».</p>



<p>-Informar los nuevos parámetros (ingresos, superficie afectada a la actividad, consumo de energía eléctrica, etc).</p>



<p>-Indicar la opción «Imprimir credencial».</p>



<p>-El sistema emitirá el F.184 -como comprobante de la recategorización realizada- y la nueva Credencial de Pago.</p>
]]></content:encoded>
					
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		<title>Ganancias y Bienes Personales: Por pedido de los contadores, AFIP analiza una prórroga de los vencimientos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dnucera]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 12 May 2021 17:58:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestos]]></category>
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					<description><![CDATA[Hasta el momento, la fecha prevista para la presentación de la declaración jurada para los inscriptos y los que deban pagar el impuesto, va del 11 al 15 de junio. Por el reclamos de los contadores, la AFIP analiza postergar el plazo previsto para las presentaciones y los vencimientos de los impuestos a las Ganancias...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>Hasta el momento, la fecha prevista para la presentación de la declaración jurada para los inscriptos y los que deban pagar el impuesto, va del 11 al 15 de junio.</strong></p>



<p>Por
 el reclamos de los contadores, la AFIP analiza postergar el plazo 
previsto para las presentaciones y los vencimientos de los impuestos a 
las Ganancias y a los Bienes Personales. Según detallaron desde la 
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y 
desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de 
Buenos Aires, luego de mantener reuniones con funcionarios del 
organismo, <strong>es posible que se establezca un nuevo cronograma de 
vencimientos que contemple un “plazo razonable” para la generación y 
presentación de las declaraciones juradas.</strong></p>



<p>Hasta
 el momento, la fecha de vencimiento prevista para la presentación de la
 declaración jurada para los inscriptos y los que deban pagar el 
impuesto abarca un plazo que va del 11 al 15 de junio. Pero desde el 
consejo estiman que podrían pasar a julio, lo que dependerá de la puesta
 a disposición de las aplicaciones web del organismo.Hasta
 el momento, la fecha de vencimiento prevista para la presentación de la
 declaración jurada para los inscriptos y los que deban pagar el 
impuesto va del 11 al 15 de junio</p>



<p>Desde
 la federación señalaron al organismo que aun no cuentan con las 
aplicaciones web, lo que afecta el normal desarrollo de la tarea de los 
contadores y dificulta el cumplimiento de las obligaciones por parte de 
los contribuyentes.</p>



<p>Por su parte, los 
funcionarios de la AFIP comentaron que se encuentra en proceso de 
homologación la aplicación del Impuesto sobre los Bienes Personales y 
que están trabajando en las adecuaciones de la aplicación para el 
Impuesto a las Ganancias (Personas Humanas y Sucesiones Indivisas). 
Además, informaron que no existe la intención de desdoblar los 
vencimientos para ambos impuestos y que tienen como objetivo elaborar 
una sola aplicación web que permita su liquidación de manera unificada.</p>



<figure class="wp-block-image"><img decoding="async" src="https://www.infobae.com/new-resizer/cOUVlrLGw4v62nS_91yraMNsjP0=/420x236/filters:format(jpg):quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/MYFW4B642VACJDQ623JOSJVJVE.jpg" alt="Los contadores reclamaron que aun no cuentan con las aplicaciones web para las presentaciones "/></figure>



<p>Los contadores reclamaron que aun no cuentan con las aplicaciones web para las presentaciones </p>



<p>En
 relación con el diferimiento de los vencimientos previstos, fueron 
prudentes y expresaron que, en función de cómo avance ese proceso, <strong>existiría
 la posibilidad de establecer un cronograma de vencimientos que 
contemplen un plazo razonable para la generación y presentación de las 
declaraciones juradas</strong>.</p>



<p>El  impuesto a los Bienes Personales se aplica sobre los bienes —en el país  y en el exterior— que forman parte del patrimonio al 31 de diciembre de  cada año. Este impuesto se aplica cuando la valuación total del  patrimonio para cada período fiscal supera un monto mínimo: para el  período 202 el monto es de $2 millones, ya que no hubo una actualización  con respecto al período anterior.</p>



<p>Los bienes 
que están exentos son los saldos de las cuentas bancarias, al 31 de 
diciembre, que se encuentran depositados en cajas de ahorro o en plazos 
fijos, en cualquier moneda. Y la vivienda única, hasta los $18 millones 
de valuación. Pero están gravados los saldos de las cuentas corrientes y
 dinero en efectivo.</p>



<p>El monto mínimo a partir 
del cual se aplicó el impuesto fue de $305.000 para los períodos 
fiscales del 2007 al 2015; de $800.000 para 2016; de $950.000 para 2017;
 de $1.050.000 para 2018 y de $2 millones para el período fiscal 2019 y 
2020.</p>
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		<title>Un nuevo golpe a la clase media</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dnucera]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 06 Dec 2018 13:24:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Impuestazo]]></category>
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					<description><![CDATA[Cambiemos logró sancionar en Diputados la ley que modifica Bienes Personales. El oficialismo contó con el respaldo del interbloque Argentina Federal y de partidos provinciales. El texto prevé que no pagarán el impuesto aquellos que tengan una vivienda única cuyo valor no supere los 18 millones de pesos. Cambiemos consiguió en Diputados la sanción de...]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Cambiemos logró sancionar en Diputados la ley que modifica Bienes Personales. El oficialismo contó con el respaldo del interbloque Argentina Federal y de partidos provinciales. El texto prevé que no pagarán el impuesto aquellos que tengan una vivienda única cuyo valor no supere los 18 millones de pesos.</strong></p>
<p>Cambiemos consiguió en Diputados la sanción de la reforma al impuesto de Bienes Personas que había impulsado el Gobierno y modificado el Senado. Por esa corrección, quedaron eximidos aquellos propietarios de una vivienda única cuyo valor no supere los 18 millones de pesos. Un sector de la oposición cuestionó la iniciativa por considerar que, en este contexto de crisis económica, tendrá como principal perjudicado al sector de la clase media que cuente con una segunda vivienda y que le permite obtener una renta extra. Por caso, el diputado del FpV-PJ, Axel Kicillof aseguró que con esta ley el Gobierno busca “rascar la olla” ante la caída estrepitosa de la recaudación que provocó una disminución impositiva y que solo favoreció a las clases más altas.</p>
<p>La sesión fue parte de la agenda incluida por la Casa Rosada en el decreto que convocó a sesiones extraordinarias. Los 125 votos que colectó el oficialismo para la sanción surgieron de los acuerdos para aprobar el Presupuesto con gobernadores peronistas y con el senador Miguel Pichetto, a la sazón autor de las modificaciones de Bienes Personales. A partir de ello se sumaron a esta votación el grueso los diputados peronistas que integran el interbloque Argentina Federal, el Frente Cívico por Santiago y el Frente de la Concordia Misionero.</p>
<p>Entre los 65 votos en contra está el FpV-PJ, el interbloque RedxArgentina que preside Felipe Solá, el Movimiento Evita, el Frente de Izquierda de los Trabajadores y diputados como el riojano Luis Beder Herrera, el salteño Alfredo Olmedo, la santafesina Alejandra Rodenas, entre otros. Por lo general las votaciones tienen pocas abstenciones pero en este caso fueron numerosas. Entre los 27 legisladores que se abstuvieron están los justicialistas Diego Bossio, Eduardo “Bali” Bucca, el Frente Renovador en su totalidad y los integrantes del bloque Evolución que conduce Martín Lousteau. Incluso se abstuvo Javier Campos de la Coalición Cívica que lidera Elisa Carrió que, dicho sea de paso, consiguió sin haber estado presente en el recinto, que fracase el tratamiento del proyecto de financiamiento de los partidos políticos y que impulsa su propio Gobierno.</p>
<p>El texto sancionado implementa una alícuota del 0,25 por ciento para viviendas valuadas entre dos y cinco millones de pesos. Esa alícuota asciende a 0,5 por ciento para los valores que superen los cinco millones y no superen los 20 millones de pesos. Las viviendas que superen este valor abonaran una alícuota del 0,75 por ciento. Ahora bien, si el inmueble es utilizado como única vivienda familiar y su valor no supera los 18 millones de pesos estará exento de pagar este tributo. En caso de que sea mayor a ese valor se aplicará la deducción por el excedente pero si el titular de esta vivienda tiene otras propiedades deberá pagar por las otras con la alícuota completa.</p>
<p>Durante el debate, Kicillof aseguró que este impuesto perjudicará a la clase media e indicó que está lejos de considerarse un mecanismo de redistribución de la riqueza porque en realidad “es un instrumento para pasar la gorra” y hasta para “rascar la olla” frente a la pérdida de recaudación por la reducción de impuestos a los sectores más poderosos.</p>
<p>En el mismo sentido habló la también integrante del FpV-PJ, Fernanda Vallejos, quien aseguró que el proyecto aprobado “exime de pagar a este impuesto a los más ricos propietarios de las tierras más caras de la Argentina”. Es más, señaló que una de las familias beneficiadas es la del presidente Mauricio Macri: “Los Blanco Villegas tienen 25 mil hectáreas en Tandil. No van a pagar Bienes Personales, y un trabajador que tiene 2 millones de pesos sí va a pagar. ¿Cuál es el criterio de justicia detrás de este parche de Bienes Personales?”, indicó.</p>
<p>A su turno, Daniel Arroyo de Red x Argentina también se expresó en contra del proyecto. El legislador aseguró que incorpora a los sectores medios al pago de este tributo que deprimirá aún más la economía del sector y recordó que esta iniciativa surgió luego de que el Gobierno nacional se desentendiera de los subsidios.</p>
<p>Cambiemos aspira a volver a sesionar hoy a partir de las 11. La intención del oficialismo es trata el proyecto contra la violencia en el fútbol pero para eso tuvo que negociar con la oposición. Por ahora accedió a reducir las penas previstas en el texto original y el acuerdo tendrá que ser sellado durante la mañana para que los diputados puedan bajar al recinto.</p>
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