Fiesta en Olivos: qué dicen los artículos 205 y 239 del Código Penal que Alberto Fernández admitió haber violado

“Fabiola convocó a un brindis que no debió haberse hecho”, indicó Alberto Fernández esta tarde en su primera aparición pública luego de haber estallado el escándalo por la filtración de la foto festejando el cumpleaños…

viernes 13/08/2021 - 21:16
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“Fabiola convocó a un brindis que no debió haberse hecho”, indicó Alberto Fernández esta tarde en su primera aparición pública luego de haber estallado el escándalo por la filtración de la foto festejando el cumpleaños de su esposa. “Lamento que haya ocurrido, no va a volver a repetirse”, expresó en un reconocimiento público de que violó el DNU de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio que él mismo dictó en julio del año pasado.

El decreto 576/2020 que firmó Alberto Fernández había incluido en su artículo 29, que en caso de que se constataran infracciones lo siguiente: ”Cuando se constate la existencia de infracción al cumplimiento del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” o de otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, se procederá de inmediato a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”.

El artículo 205 se encuentra en el Capítulo VII del Código Penal, que está titulado “Delitos contra la salud pública”. Allí, el texto precisa: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.

En tanto, el artículo 239 del Código Penal estableció: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.

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