En Chubut se amplió el horario de circulación nocturna

Con el nuevo decreto provincial se amplía el horario para circular en todas las localidades y ciudades de la provincia. Hasta el 1° de marzo se podrá circular de lunes a miércoles de 06 horas…

martes 02/02/2021 - 10:05
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Con el nuevo decreto provincial se amplía el horario para circular en todas las localidades y ciudades de la provincia. Hasta el 1° de marzo se podrá circular de lunes a miércoles de 06 horas hasta las 01 horas del día siguiente; y de jueves a domingo desde las 6 horas hasta las 2 de la mañana del día siguiente.

El pasado 8 de enero el gobierno provincial adhirió a las restricciones de circulación nocturna que había dispuesto el Gobierno Nacional, con el objetivo de reducir la curva de contagios, según publica ADNSur.

La limitación preveía la circulación de lunes a jueves desde las 0 horas hasta las 6 horas, y viernes, sábado y domingo desde las 01 hasta las 06 horas. Sin embargo, en las últimas horas un nuevo decreto del gobierno provincial amplió los horarios que estarán vigentes hasta el 1° de marzo.

El decreto provincial N° 42 dado a conocer este lunes 1° de Febrero establece la vigencia en todas las localidades y ciudades de la provincia del Chubut del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el próximo 1° de marzo, fijando la ampliación de una hora en la posibilidad de circulación de las personas.

Cabe destacar que la nueva disposición firmada por el gobernador Mariano Arcioni y todos los ministros, dispone que en todas las ciudades y localidades se podrá circular de lunes a miércoles de 06 horas hasta las 01 horas del día siguiente; y de jueves a domingo la circulación estará habilitada desde las 6 horas hasta las 2 de la mañana del día siguiente.

Además, se mantienen los recaudos y la modalidad para el ingreso a la provincia por cualquier vía, así como también las restricciones para ingreso y circulación existentes y la necesidad de cumplir con las normas de conducta general y protección. Y en todos los casos las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar de manera correcta el cubre boca-nariz en espacios abiertos o cerrados compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar superficies y ventilar los ambientes.

Salidas y actividades deportivas
El decreto también establece que se podrán realizar salidas de esparcimiento y las actividades deportivas, artísticas, recreativas, sociales y culturales, en espacios abiertos o cerrados, individuales o grupales hasta un máximo de 10 personas. Mientras que las reuniones familiares se podrán realizar de manera responsable con una asistencia de hasta 10 personas.

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