Se trata de Orlando Nahuelmir, que además sigue cobrando un sueldo del Estado. La madre de la joven violada que generó el histórico fallo de la Corte Suprema está «muy indignada» con la Justicia.
Luisa Fuentes es la mamá de A.G., la menor violada por su padrastro que pudo abortar gracias a una sentencia del Superior Tribunal de Justicia. Al confirmar ese fallo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que los abortos en casos de violación no son punibles.
La mujer se mostró muy conforme. «Nos deja una buena sensación después de tanto luchar durante estos años; hicimos algo que no se había logrado nunca», le dijo al programa A Tiempo, que emite FM Tiempo 95.1 de Trelew.
Pero la satisfacción se empaña porque el violador de su hija, entonces de 15 años, está libre aunque con pena confirmada de 8 años por el delito de estupro. Según ironizó Luisa, «no sé si la justicia de Comodoro tiene un Código propio, diferente a la provincia y a la Nación; el culpable sigue libre y están defendiendo lo indefendible».
A esta madre le intriga que sus abogadas lo defiendan con tanto ahínco, pese a su condición de mujeres. «No entiendo cómo pueden defenderlo tanto siendo mujeres y además madres. ¿Será porque es un empleado del Estado?», se preguntó ante la consulta radial.
«Cuando cometés un delito tenés que ir preso. ¡Sigue libre y cobrando su sueldo! Sigue siendo un efectivo policial, nada más que sin trabajar. Lo tienen pasivo. Este señor tendría que estar preso, sin ropas de policía, sin cargo, sin nada, porque estamos sufriendo hace dos años». Se trata de Orlando Nahuelmir.
A luchar
«Voy a luchar y voy llegar donde tenga que llegar pero este tipo no puede quedar libre. El 4 de julio fue condenado a 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, pero el señor sigue suelto. Parece que se están riendo de las víctimas. Al final parece que los presos somos nosotros mientras él anda por las calles, porque es empleado policial. ¿Es porque tiene un alto rango policial? ¿Por qué lo defienden tanto? Es lo que nos produce esta indignación. No lo entendemos».
Según la madre de la nena, «acá hay sólo dos o tres abogados que hacen lo que corresponde. Nunca vi un caso tan largo y que lo defiendan tanto. Y menos se entiende por todas las pruebas que hay. Ya estamos en la etapa final y tendría que estar encerrado este hombre. Son pruebas que aportaron los profesionales, como la prueba del ADN que dio positivo».
Su conclusión es que «cuando pasan estas cosas ya no sabés si podés confiar en la Justicia; estamos hablando de algo muy grave, una violación. La verdad que la Justicia penal de Comodoro me decepcionó totalmente».
En cuanto al fallo de la Corte Suprema, «lo celebramos y debería haber ocurrido antes. Y más allá de las críticas y presiones de la Iglesia, tendría que haber una ley que ampare a las adolescentes que son violadas». Aunque se asume como católica, remarca que «hablamos de los derechos de la mujer. ¿Por qué tenemos que ser discriminadas? ¿por qué los médicos debían tener las manos atadas ante un caso así? Estamos hablando de salvar muchas vidas y de abrir puertas. Ahora muchas adolescentes podrán hablar, más allá de una instancia judicial. Ningún médico se podrá negar en estos casos, como debimos soportarlo nosotras. Ahora uno está amparado y no le pueden decir que no se puede practicar un aborto ante una aberración así».
Por qué el policía sigue libre
Orlando Nahuelmir es el hombre que embarazó a la nena de 15 años, hija de su pareja, que luego abortó y dio lugar al fallo histórico de la Corte Suprema. Ayer, la Cámara Penal de Comodoro Rivadavia confirmó la pena de 8 años por estupro. Pero, por ahora, no irá a la cárcel.
El juez de la Cámara, Martín Montenovo, confirmó a Radio Del Mar el fallo pero aclaró que «la firmeza se obtiene cuando no hay ningún recurso posible del imputado», por lo que el policía abusador «todavía no es técnicamente un condenado».
Confirmó que Nahuelmir sigue en libertad y explicó que «venía con un régimen de restricción a la libertad que no llegaba a la prisión preventiva. Ese régimen se había dispuesto en una etapa anterior y en esta etapa la querella pidió la modificación, pero no mostró la causal idónea para modificarlo», por lo que «ante la ausencia de fundamentos no podemos resolverlo de manera oficiosa, por lo que se mantiene el régimen anterior».
Por otro lado, explicó la diferencia entre violación y estupro. Dijo que «lo que se llama violación es acoso sexual con acceso carnal y es uno de los más graves. Para que pueda haber condena es necesario que el que realiza la acción despliegue una serie de medios como lo son la violencia, intimidación, amenazas o abuso de alguna relación de poder en distintos ámbitos. Si no existen estos medios no podemos hablar de violación», determinó el magistrado.
Precisó que «en el caso de que la edad de la persona sea de menos de 13 años, se considera que hubo violación pero cuando se excede ese segmento entra a jugar esta figura del estupro, donde estos medios no se dan pero hay otras hipótesis como aprovecharse de la víctima con situaciones de menor gravedad y la pena -en ese caso- es menor», explicó. «Acá se ha concluido que se estaba en presencia de un estupro y nosotros lo hemos confirmado».
Fuente: Jornada
