Especialistas afirmaron que su contención no está garantizada en la provincia y criticaron el sistema actual, al ser consultados por las acciones que se deben realizar con los jóvenes que cometen un delito.
En ese marco, coincidieron en dos aclaraciones ineludibles. Una de ellas es que sólo uno de los 17 homicidios ocurridos este año en Comodoro Rivadavia tuvo como victimario a un menor de edad. Otra observación es que cuando un joven delinque, hay detrás un Estado ausente en materia de contención.
El comisario inspector Omar Alejandro Pulley, jefe de la Policía de Kilómetro 8, consideró que antes de decidir qué sanción aplicar se debe identificar los motivos por los que un joven delinque, “pero es un trabajo que necesariamente se hace en el campo, en la calle. Los casos demandan acciones diferentes según el caso. Precisamente esto es lo que hoy no estamos debatiendo, porque es una tarea que demanda compromiso de todos los organismos y decisiones políticas”, apuntó el funcionario policial.
En declaraciones publicadas por el Diario Patagónico, afirmó que el ingreso del joven al sistema delictivo es gradual; por eso un trabajo preventivo requiere de medidas preventivas de parte de un equipo que “detecte y derive”.
Lo mismo se reclama desde la Oficina Municipal de Derechos de la Niñez y Familia y desde la Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco. “Incluso se están retirando los equipos de intervención social de algunos barrios y esto es un grave error”, apuntaron.
Leyes que no se cumplen
Claudia Cesaroni, especialista integrante del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos, autora del artículo “10 motivos para no bajar la edad de punibilidad penal a los 14 años”, afirma en ese texto que en materia de jóvenes que delinquen no se trata de sancionar más leyes, sino de cumplir las que ya existen.
En el caso de Chubut el capítulo de la Ley de protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia III N° 21, sancionada hace más de 10 años y que se refiere a las sanciones de los jóvenes menores de edad que cometieron algún tipo de delito, se encuentra suspendido. Ello indica una vez más que los marcos legales fueron creados, pero que rara vez se cumplen.
En ese capítulo se establecen especificaciones sobre cómo, cuándo y qué sanciones se deben aplicar. Entre otros aspectos, crea la figura de un juez especializado en el tema y una serie de medidas progresivas de acuerdo a la gravedad del hecho.
Va desde sanciones disciplinarias, cobros por daño a la propiedad privada, trabajo comunitario y un sistema novedoso que incluye la penalidad del encierro, pero con conexión con el afuera en instituciones educativas y recreativas. Nada de ello se cumple actualmente.
Sin garantias
Los especialistas y funcionarios que intervienen en estos hechos consideran que el sistema debe contemplar sanciones para quienes cometen un delito, acorde a la gravedad del hecho.
“Pero esto no sucede. Por ejemplo los dos chicos (de 16 y 17 años) que robaron en una heladería (la semana pasada en Comodoro Rivadavia) fueron enviados por la Justicia al COSE (Centro de Orientación Socioeducativo), en Trelew. Eso no se corresponde con la gravedad de los hechos. El encierro es la última medida, pero además hablamos del encierro que contempla la ley de Protección Integral que incluye un sistema de prevención parcial donde se trabaja en la reinserción. Estamos haciendo todo al revés”, cuestionó Miryám Monasterolo, titular de la Oficina de Derechos y Garantías.
Mientras, Susana Díaz, de la cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, agrega que si bien han sido creados gran parte de los órganos que establece la ley III N° 21, falta aún los juzgados en lo penal y contravencional de niños y adolescentes. “Esto significa asegurar el debido proceso. Así como los adultos tenemos derecho a un juicio justo, los niños y jóvenes, menores de edad, no lo tienen”, criticó.
“En lo penal se continúa aplicando la ley 22.278 que permite la discrecionalidad de juez para determinar penas para los jóvenes en conflicto con la ley, dejando a los chicos sin recaudos legales que les permitan demostrar o no su inocencia, de la misma manera que tenemos los adultos”, argumentó.
Amplió que se debe considerar que los niños y jóvenes son “personas en desarrollo”, dentro del marco del derecho constitucional y de los tratados internacionales suscriptos por Argentina. “No se puede combatir el delito violando garantías constitucionales”, recalcó Díaz.
Fuente: Diario Patagónico
