Cuáles son los alcances de la Resolución 14/2015

La Resolución 14/2015 que fue firmada por el ex ministro de Economía Axel Kicillof entró en vigencia el 1 de enero de 2015 y venció el 31 de diciembre del mismo año. En ese documento,…

sábado 02/01/2016 - 21:53
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La Resolución 14/2015 que fue firmada por el ex ministro de Economía Axel Kicillof entró en vigencia el 1 de enero de 2015 y venció el 31 de diciembre del mismo año.

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En ese documento, la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, fijaba pautas para «premiar y estimular» a todas las operadoras que mantengan o aumenten la producción hidrocarburífera en relación al año anterior.

Todo el sector petrolero de la Cuenca del Golfo San Jorge se encuentra a la espera de que el Presidente Mauricio Macri «firme y documente» la prórroga de este boceto.

El artículo dos de la Resolución 14/2015, sostiene que «el Programa de Estímulo a la Producción de Petróleo Crudo tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, pudiendo ser prorrogado por 12 meses». En estas pautas fijadas por el Ejecutivo nacional, el Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner subsidiaba la diferencia entre el precio interno del barril para la Cuenca del Golfo establecido en U$S 61 y el precio internacional del petróleo WTI».

Entre los considerandos de esta Resolución, se expresaba que en este contexto «resulta conveniente la implementación de un Programa de Estímulo a la Producción de Petróleo Crudo, que consistirá en el establecimiento temporal de compensaciones económicas destinadas a fomentar la producción de petróleo orientado al consumo interno y la exportación de los saldos del petróleo crudo».

En este marco, «se establece una compensación económica a favor de las empresas beneficiarias por un monto equivalente de hasta tres dólares, siempre y cuando su producción trimestral de crudo sea mayor o igual a la de 2014».

Además, «debido al excedente de producción de petróleo crudo generado y que por sus características técnicas no puede ser refinado en su totalidad en el territorio nacional, se estima conveniente estimular la exportación de los saldos, mediante el otorgamiento del Estado Nacional de una compensación económica pagadera en dos dólares por barril de petróleo crudo exportado».

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