Cómo justificar el no voto en las elecciones legislativas de este 26 de octubre

En Argentina, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años

domingo 26/10/2025 - 16:38
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Las elecciones legislativas nacionales tienen lugar este domingo 26 de octubre. En Argentina, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años que figuren en el padrón electoral.

En este sentido, quienes tengan la obligación de sufragar y no asistan deberán presentar un certificado que justifique su ausencia para evitar ser incluidos en el Registro de Infractores.

Existen varias excepciones, pero en el caso de que la justificación sea rechazada, el ciudadano deberá abonar una multa. En Argentina, los mayores de 18 años y menores de 70 están obligados a votar.

Cómo justificar el no voto en las elecciones legislativas 2025

De acuerdo con el sitio web del Gobierno argentino, los electores que no hayan emitido su voto podrán regularizar su situación a través de la plataforma infractores.padron.gob.ar.

El certificado por ausentarse en las elecciones debe presentarse dentro de los 60 días posteriores a la elección, es decir, si no votaste en las elecciones del 26 de octubre, la fecha límite para presentarlo será el 25 de diciembre.

Al finalizar el procedimiento en la página web, la gestión quedará sujeta a verificación y, de corresponder, se procederá a validar la justificación.

Dónde y cómo pagar la multa por no votar en las elecciones legislativas 2025: el paso a paso

En el caso de que la persona haya asistido a votar sin una justificación válida deberá pagar una sanción económica. A continuación, el paso a paso para pagar la multa por no votar en las elecciones nacionales:

  1. Ingresar al Registro de Infractores. Accedé al sitio oficial (https://infractores.padron.gob.ar/) y verificá si figurás como infractor.
  2. Consultar el detalle. El sistema mostrará el monto actualizado de la infracción y permitirá generar la boleta de pago.
  3. Elegir el método de pago:

Online: con tarjeta de débito o billeteras virtuales.

Presencial: imprimiendo la boleta para abonar en Rapipago, Pago Fácil o en el Banco Nación.

Según el artículo 137 de la Ley Electoral, quienes tengan entre 18 y 70 años y no justifiquen su ausencia con un motivo válido ante la Junta Electoral serán sancionados con una multa que va de $50 a $500. El dinero recaudado de la multa será «destinado al fomento de la educación común en los respectivos distritos».

Cuando finalice el escrutinio definitivo, la Junta Electoral enviará la lista de infractores a los síndicos fiscales, quienes deberán encargarse de iniciar las acciones correspondientes.

¿Quiénes no deben pagar la multa por no votar en las elecciones?: los motivos válidos

  • Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios.
  • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
  • El personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En este caso el empleador o su representante legal comunicará a la Vicejefatura de Gabinete del Interior, la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.
  • Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.
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