Caso “La Hogareña”: imponen medidas sustitutivas a los imputados

Hoy por la mañana se realizó en sede de los tribunales penales la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Carlos Enrique Llanos, Fernando Gabriel Gómez y Brian Emanuel Ampuero. Los mismos fueron imputados…

jueves 24/11/2011 - 18:00
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Hoy por la mañana se realizó en sede de los tribunales penales la audiencia de revisión de la prisión preventiva de Carlos Enrique Llanos, Fernando Gabriel Gómez y Brian Emanuel Ampuero.

Los mismos fueron imputados en el hecho ocurrido el 24 de octubre calificado como robo doblemente agravado por la utilización de arma de fuego y por ser en poblado y en banda en grado de tentativa en perjuicio del local comercial “La Hogareña”.

El acto estuvo presidido por la juez penal de refuerzo Margarita Pfister, por el Ministerio Público Fiscal asistió Verona Dagoto –funcionaria de fiscalía- y la Defensa Pública estuvo representada por María Cristina Sadino, informó la oficina de Prensa de la Judicatura.

En principio el Ministerio Público Fiscal explicó que hoy se vencía el plazo de un mes de prisión preventiva impuesto a los acusados, motivo por el cual se solicitó la continuidad de dicha medida de coerción hasta que se presente la acusación. Consideró que todavía subsisten los presupuestos por los cuales se dictó esta medida, y agregó que había quedado pendiente la pericia balística para determinar la aptitud de disparo de las dos armas secuestradas.

Una de ellas sería de utilería, mientras que la pericia de la segunda arma no ha sido concluida, pero hasta el momento se pudo establecer a través de un hisopado que el revólver calibre 22 había sido recientemente disparado. Asimismo en el peritaje se advirtió que el arma pudo haberse trabado al momento de disparar.

La Fiscalía concluyó que todo indicaría que el arma tenía aptitud para el disparo, que se habría efectuado una detonación dentro del local y que la situación hubiera sido más compleja si el arma no se hubiera trabado.

La Defensa Pública solicitó la libertad de los imputados y de manera subsidiaria la aplicación de una medida sustitutiva como es la prohibición de acercamiento al local y los testigos. En caso de que continúe la medida de coerción que sea morigerada con una prisión nocturna en el domicilio.

Asimismo planteó que al momento en que se concretó el hisopado sobre el caño del arma, no fueron notificados y por ende no estuvieron presentes. El argumento de la defensa sostiene que el arma no tenía aptitud de disparo por lo tanto la calificación sería otra menos gravosa. En este sentido, la defensora hizo hincapié en que ya ha pasado un mes y aun no se ha concretado la pericia balística por consiguiente no se ha podido acreditar la calificación que esgrime la parte acusadora.

Por último, destacó que el procedimiento de sus pupilos ha sido correcto y en el caso de Ampuero que concurre a la escuela secundaria en ningún momento se ha acercado al local comercial ni ha interferido en la investigación.

Ante lo expuesto la juez penal de refuerzo Margarita Pfister consideró que, en relación a las cuestiones de prueba invocadas por las partes, no era éste el momento procesal oportuno para dar cuenta de ello toda vez que son cuestiones que deben ventilarse en un juicio oral en caso de que se llegara a esta instancia.

Por lo tanto, teniendo en cuenta el avance de la investigación y sin perjuicio de que se mantienen los peligros procesales, es legal una medida de coerción morigerada prevista en el art. 227 inc. 1,4 y 5 del Código Procesal Penal. De esta manera resolvió sustituir la prisión preventiva por una medida de coerción morigerada de permanencia continua de los tres imputados en los domicilios familiares desde las 21 a 9 hs del día siguiente.

Asimismo les impuso la obligación de buscar trabajo, de continuar con sus estudios y la prohibición estricta de acercarse al local comercial “La Hogareña” y a los testigos.

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