Los castigos podrían ser de hasta 5 millones de pesos. La Legislatura aprobó por unanimidad una iniciativa estableciendo que en Chubut todas las personas que acudan a diferentes entidades públicas o privadas, recaudadoras o pagadoras de sueldos, deban atender a sus clientes en menos de 30 minutos.
La propuesta fue presentada por el bloque de diputados provinciales de PJ Modelo Chubut, con las firmas de los diputados Jerónimo García, Mirtha Romero y Raquel Di Perna.
Las instituciones alcanzadas son las financieras, organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal, y prestadores de servicios públicos.
También será aplicable la nueva norma a toda institución o empresa que preste servicios, dentro del territorio provincial, de cobro de impuestos, servicios, pagos de haberes a trabajadores activos y pasivos.
Autoridad de aplicación
La presentación establece que será autoridad de aplicación la Dirección General de Defensa y Protección de los Usuarios y Consumidores, dependiente de la Secretaría de Trabajo provincial.
A efectos de dar cumplimiento a lo propuesto, las empresas alcanzadas “deberán instrumentar un mecanismo que asegure la identificación del usuario y consumidor, el horario de ingreso y egreso, así mismo como el trámite a realizar expidiendo en todos los casos el respectivo comprobante”.
El proyecto de ley establece que las entidades alcanzadas deberán “exhibir al público cartelería que deberá contener el siguiente texto: ‘Señor usuario/consumidor usted tiene derecho a ser atendido en un lapso no mayor a treinta minutos desde su ingreso al establecimiento, y a que se le haga entrega del comprobante que certifica su horario de ingreso y egreso’”.
Esos carteles tienen que tener una dimensión de 30 centímetros de ancho por 40 centímetros de largo, dispuesto de manera horizontal.
En caso de verificarse el incumplimiento de lo dispuesto, los usuarios podrán hacer la denuncia ante la Dirección General de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Chubut.
Si el organismo citado decidiera aplicar una sanción, la misma podría consistir en un apercibiendo o la aplicación de multas que van en una escala de 100 pesos hasta 5 millones de pesos.
“En la aplicación y graduación de las sanciones previstas se tendrá en cuenta el perjuicio para el consumidor o usuario, la posición en el mercado del infractor, el grado de intencionalidad, la reincidencia y demás circunstancias relevantes del hecho”, dice el artículo 7 del proyecto.
Fuente: Diario Jornada
