El STJ rechazó el planteo de fueros de Dufour y Albornoz

Deberán presentarse a la apertura de investigación por “administración fraudulenta” por bienes de Alpesca. El Superior Tribunal de Justicia rechazó planteo de la ministro Gabriela Dufour y del titular del Comité de Administración de interventor…

viernes 22/08/2014 - 9:30
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Deberán presentarse a la apertura de investigación por “administración fraudulenta” por bienes de Alpesca.

El Superior Tribunal de Justicia rechazó planteo de la ministro Gabriela Dufour y del titular del Comité de Administración de interventor de Alpesca, Omar Albornoz, en relación al usufructo de sus fueros para negarse a asistir a una audiencia convocada por un Juez. Los funcionarios públicos están imputados por el delito de “administración fraudulenta” en la preservación de los bienes de Alpesca.

“Los fueros personales se abolieron en 1810”, señala la resolución del Superior Tribunal de Justicia y resuelve “desestimar de modo liminar” la presentación de la defensa pública en relación a la ministro de Desarrollo Territorial y Sectores Productivos, Gabriela Dufour, así como de los funcionarios Héctor Omar Albornoz, Santiago Novoa y de Valentín Laborda, imputados de “administración fraudulenta” en la preservación de los bienes de la empresa Alpesca, informó hoy El Diario de Madryn.

El Superior Tribunal de Justicia indicó que la presentación de la defensa pública es un intento de sustraer a los funcionarios de la acción de los jueces. “La iniciativa aparece al ojo crítico como un intento de sustraer a los funcionarios públicos de la jurisdicción de los magistrados de garantía ante cuyos estrados se sustancia un proceso, contexto en el que, por así disponerlo la norma procesal, deben canalizarse todas las herramientas que la propia ley brinda”, indica la resolución firmada por los ministros Jorge Pfleger, Alejandro Panizzi y Daniel Rebagliatti Russell.

Los fueros personales fueron abolidos en 1810, dicen los ministros del máximo órgano judicial de Chubut. “Se subvierte el orden republicano cuando los funcionarios públicos no aforados, pretenden que por extensión se habilite en su beneficio el fuero real o de causa –que protege al cargo y no a la persona- ya que desde 1810 los fueros personales están abrogados en la Argentina (recuérdese “El Decreto de la supresión de honores” del 6 de diciembre de 1810 (…)”, explicita la resolución judicial.

El caso

La Fiscalía investiga si existió una “administración fraudulenta” por parte lo los integrantes del Comité de Administración, luego que se vararan buques de Alpesca que sobre los cuales debían garantizar la debida preservación.

En el pedido de apertura de investigación, los fiscales informaron que en el mes de marzo el Comité de Administración fue notificado que los buques se encontraban en una situación de precariedad por falta de mantenimiento, carecían de combustible y los cabos de amarre se encontraban en malas condiciones. En ese contexto, en fecha 7 de abril, casi un mes después de las comunicaciones, se desató un temporal que provocó que los buques de la empresa Alpesca se soltaran del muelle y, además de producir roturas en el muelle, quedaron varados en la playa.

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