Desde hoy entra en vigencia el nuevo Código Civil

La aprobación legislativa, coronada con la sanción en Diputados el 1 de octubre de 2014, tuvo un amplio recorrido que incluyó el trabajo de una comisión de expertos que elaboró el proyecto, más de 100…

sábado 01/08/2015 - 10:54
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codigo civilLa aprobación legislativa, coronada con la sanción en Diputados el 1 de octubre de 2014, tuvo un amplio recorrido que incluyó el trabajo de una comisión de expertos que elaboró el proyecto, más de 100 juristas que dieron precisiones al texto y una Comisión Bicameral que realizó 29 audiencias públicas en diferentes puntos del país.

El Código Civil y Comercial que rige desde hoy tiene 2.671 artículos y fue redactado luego de varias jornadas de trabajo de especialistas y discusiones en distintos puntos del país, donde se escucharon las voces y se recibieron sugerencias que terminaron enriqueciendo el texto aprobado el 1 de octubre en el Congreso.

El Código establece cambios importantes como la eliminación del deber de fidelidad en el matrimonio, otorga a las parejas homosexuales los mismos derechos que las heterosexuales en materia de adopción y fertilidad, evita trabas burocráticas para que una pareja pueda divorciarse, regula de otra manera los alquileres, y da más derechos a los jóvenes.

En materia de divorcio, a partir de hoy, no será necesario esperar, como era hasta ayer, tres años de matrimonio para solicitar la separación. Ahora, bastará con que uno de los cónyuges, sin dar explicaciones ni fundamentos quiera avanzar en la ruptura legal para conseguirla.

Las parejas que van a casarse podrán firmar un contrato para mantener sus bienes separados, como sucede desde hace muchos años en otros países del mundo y no estarán obligadas a vivir en un mismo domicilio, algo que también elimina el concepto de «abandono de hogar», como causal de divorcio.

Las personas que convivan bajo un mismo techo, sin estar casadas, adquieren una serie de derechos, como los referidos a la protección de la vivienda y asistencia, que los igualan a los que tienen los matrimonios legales.

El nuevo Código también establece avances en materia de adopción, fertilización in vitro, gestación por sustitución de vientre, y otorga a las parejas homosexuales los mismos derechos que las heterosexuales.

Los adolescentes entre 13 y 16 años podrán someterse a tratamientos de salud que no dañen su integridad, incluso si sus padres se oponen, algo que hasta ahora estaba vedado por el Código anterior, que otorgaba a los progenitores derechos absolutos sobre el cuerpo y decisiones de los niños.

Se aceleran los trámites de adopción y se extienden hasta los 21 años el deber alimentario de los padres, que incluso puede extenderse hasta los 25 años si el hijo continúa sus estudios.

Respecto a los apellidos, el hijo matrimonial podrá llevar cualquiera de los dos apellidos de los padres o ambos. Si no hay acuerdo entre los padres, el apellido se determinará por sorteo que se realizará en el Registro Civil. Todos los hijos del matrimonio deben llevar el mismo apellido, ya sea simple o compuesto.

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